jueves, 13 de agosto de 2026

Ciudadanía, educación, información y poder en el México contemporáneo

La democracia suele medirse por sus elecciones, por la existencia de partidos políticos, por la alternancia en el poder y por la vigencia de determinadas instituciones. Sin embargo, existe un elemento previo que con frecuencia recibe menos atención: la calidad de la ciudadanía que participa en ese sistema.

Una democracia puede contar con reglas electorales sofisticadas, autoridades profesionales y amplios catálogos de derechos, pero si sus ciudadanos carecen de herramientas para comprender la información pública, contrastar versiones, evaluar gobiernos y formar un juicio propio, el sistema democrático se vuelve vulnerable.

El problema no es menor. En el México contemporáneo, la ciudadanía tiene más acceso a información que en cualquier otro momento de nuestra historia. Al mismo tiempo, no parece evidente que ese incremento haya producido una capacidad proporcional para comprenderla.

Ésa es una de las paradojas de nuestro tiempo.

Durante buena parte del siglo XX, el problema democrático consistía en la concentración de la información. La radio, la televisión, la prensa y los canales institucionales permitían que unas cuantas voces tuvieran una influencia extraordinaria en la construcción de la opinión pública.

La transformación tecnológica modificó radicalmente ese escenario.

Hoy cualquier ciudadano puede consultar documentos, expresar opiniones, cuestionar autoridades, difundir denuncias y participar en conversaciones públicas sin depender necesariamente de los medios tradicionales. Esa apertura constituye un avance democrático indiscutible.

Pero también produjo un fenómeno nuevo: dejamos atrás la escasez de información para entrar en la época de la saturación.

El ciudadano recibe noticias, opiniones, propaganda, videos, mensajes, rumores y contenidos durante prácticamente todo el día. El teléfono se ha convertido simultáneamente en periódico, televisión, radio, biblioteca, plaza pública y espacio de propaganda.

El problema ya no es solamente tener acceso a la información.

Ahora debemos preguntarnos si contamos con las capacidades necesarias para distinguirla, comprenderla y utilizarla.

Escolaridad no significa necesariamente ciudadanía crítica

México ha realizado importantes esfuerzos para ampliar la cobertura educativa. Cada nueva generación posee, en promedio, mayores niveles de escolaridad que las anteriores.

Sin embargo, existe una diferencia importante entre asistir a la escuela y desarrollar pensamiento crítico.

La educación puede transmitir conocimientos, pero también puede acostumbrar al estudiante a recibir respuestas previamente elaboradas.

Cuando el aprendizaje privilegia excesivamente la memorización, la repetición y la aceptación de lo expresado por una figura de autoridad, existe el riesgo de formar personas capaces de aprobar exámenes, pero menos acostumbradas a cuestionar argumentos.

No significa que toda la educación mexicana sea dogmática. Existen extraordinarios docentes e instituciones que promueven la investigación, la discusión y la creatividad.

El problema se encuentra en la persistencia de una cultura educativa donde, en demasiadas ocasiones, resulta más importante responder correctamente que formular una buena pregunta.

Y una democracia necesita ciudadanos que sepan preguntar.

¿Quién afirma esto?

¿De dónde proviene la información?

¿Existe evidencia?

¿Hay otras interpretaciones?

¿Qué intereses están presentes?

¿Quién se beneficia?

¿Estoy dispuesto a cambiar de opinión si aparecen mejores argumentos?

Estas preguntas deberían formar parte natural de la vida democrática.

Saber leer no es suficiente

La alfabetización constituye uno de los grandes avances sociales de México. Pero saber leer no significa necesariamente comprender textos complejos ni interpretarlos críticamente.

Los resultados de PISA 2022 muestran una realidad que merece reflexión. Sólo 53 por ciento de los estudiantes mexicanos de quince años alcanzó al menos el nivel básico de competencia lectora, mientras que el promedio de la OCDE fue de 74 por ciento.

Más significativo todavía: solamente alrededor de 1 por ciento de los estudiantes mexicanos alcanzó los niveles superiores de lectura, donde se requiere comprender textos extensos, trabajar con conceptos abstractos y distinguir entre hechos y opiniones.

El dato debe manejarse responsablemente.

PISA no mide la capacidad democrática del ciudadano ni permite concluir que alguien con menor desempeño lector carezca de criterio político. Sería una interpretación equivocada.

Pero sí muestra una dificultad educativa relevante.

Las mismas capacidades necesarias para comprender un texto complejo son necesarias para interpretar una reforma constitucional, entender una encuesta, evaluar una política pública, analizar una sentencia o identificar contradicciones en un discurso político.

Una democracia necesita ciudadanos que sepan leer.

Pero necesita todavía más ciudadanos capaces de comprender aquello que leen.

La lectura también está cambiando

Los datos del Módulo sobre Lectura del INEGI ofrecen otro elemento de reflexión.

Entre 2015 y 2024 disminuyó la proporción de población adulta alfabeta de las áreas urbanas consideradas por la medición que declaró haber leído alguno de los materiales estudiados.

Esto no significa que los mexicanos hayan dejado de leer.

La transformación digital obliga a ser mucho más cuidadosos con esa conclusión.

Hoy se leen constantemente mensajes, publicaciones, comentarios, titulares, conversaciones y contenidos digitales.

Quizá nunca se habían leído tantas palabras durante un solo día.

La pregunta es diferente:

¿qué tipo de lectura estamos realizando?

Podríamos distinguir, para efectos de esta reflexión, cuatro niveles.

Existe una lectura de exposición: ver mensajes, encabezados y publicaciones.

Existe una lectura de comprensión: entender aquello que el texto expresa.

Existe una lectura crítica: comparar argumentos, verificar fuentes y reconocer intereses.

Y existe una lectura cívica: utilizar la información obtenida para evaluar gobiernos, partidos, candidatos y decisiones públicas.

Nuestro problema podría encontrarse precisamente allí.

Podemos ser una sociedad altamente expuesta a contenidos y, al mismo tiempo, dedicar poco tiempo a la lectura crítica.

La ilusión de estar informado

Las redes sociales han creado además una situación particularmente interesante.

Durante décadas, obtener información requería buscarla.

Había que comprar un periódico, acudir a una biblioteca, consultar un libro o escuchar un programa determinado.

Hoy ocurre frecuentemente lo contrario.

La información nos busca.

Las plataformas seleccionan aquello que observamos según nuestros hábitos, preferencias, búsquedas, reacciones y relaciones.

Esto genera comodidad, pero también una nueva forma de pasividad.

Podemos terminar conociendo aquello que un algoritmo considera que queremos conocer.

Y existe una diferencia enorme entre recibir información y buscar conocimiento.

El ciudadano puede sentir que se encuentra informado porque durante todo el día observa contenidos políticos. Sin embargo, muchos de esos contenidos solamente reproducen versiones breves de los acontecimientos.

La repetición produce familiaridad.

Y la familiaridad puede confundirse con verdad.

Una afirmación repetida miles de veces puede terminar pareciendo evidente aunque nunca haya sido demostrada.

Allí encontramos uno de los principales desafíos democráticos del siglo XXI.

Del ciudadano al seguidor

La política también ha comprendido esta transformación.

Los partidos políticos tradicionalmente tenían, entre otras funciones, la formación de cuadros, la elaboración de plataformas ideológicas y la educación política de sus militantes.

Buena parte de esa función ha desaparecido.

Muchos partidos se han convertido fundamentalmente en estructuras electorales.

Las escuelas de formación política fueron sustituidas por estrategias de comunicación.

La ideología por las encuestas.

La argumentación por el eslogan.

El militante por el seguidor.

Y el programa político por la imagen del candidato.

Este cambio tiene consecuencias.

Cuando disminuye la formación política, aumenta la importancia de la identidad emocional.

El ciudadano puede comenzar a defender a un partido o gobernante de la misma manera en que defiende a un equipo deportivo.

Los hechos dejan entonces de ser evaluados por sí mismos.

Una buena decisión del adversario puede ser rechazada por provenir del adversario.

Una mala decisión del grupo propio puede ser justificada porque reconocer el error se percibe como una traición.

Cuando esto ocurre, la democracia pierde una de sus condiciones fundamentales: la posibilidad de cambiar de opinión.

Educación y autonomía

Aquí aparece un concepto que deberíamos recuperar: la autoeducación.

La educación democrática no puede concluir cuando una persona termina la escuela.

La realidad política cambia constantemente.

Surgen nuevas tecnologías, nuevas leyes, nuevas formas de comunicación, nuevos derechos y nuevos problemas públicos.

Por ello, el ciudadano necesita continuar aprendiendo durante toda su vida.

Autoeducarse significa leer por iniciativa propia, contrastar información, consultar posiciones distintas y reconocer los propios prejuicios.

Significa también una virtud intelectualmente difícil: aceptar la posibilidad de estar equivocado.

Quizá ésta sea una de las habilidades democráticas más importantes.

El ciudadano verdaderamente libre no es quien carece de convicciones.

Es quien puede defenderlas y, al mismo tiempo, examinarlas.

El dogmatismo comienza cuando dejamos de preguntarnos si aquello que creemos podría ser falso.

Información y poder

La relación entre ciudadanía e información conduce inevitablemente al problema del poder.

Quien controla la información posee una capacidad extraordinaria para influir en la manera en que una sociedad interpreta su realidad.

Durante el siglo XX, ese control podía realizarse mediante la concentración de los medios.

En el siglo XXI, el fenómeno es más complejo.

No necesariamente se necesita impedir que una información circule.

Puede ser suficiente con producir miles de mensajes que compitan con ella.

La censura puede ser sustituida por la saturación.

El silencio puede ser sustituido por el ruido.

Y la propaganda puede presentarse como conversación espontánea entre ciudadanos.

Por ello, la defensa democrática de la libertad de expresión debe acompañarse de una política mucho más ambiciosa de alfabetización mediática.

No para decir al ciudadano qué debe pensar.

Precisamente para permitirle decidir por sí mismo.

El riesgo de una ciudadanía dependiente

Una ciudadanía con poca autonomía informativa puede desarrollar una relación particular con el poder.

En vez de evaluar permanentemente al gobierno, puede adoptar las explicaciones proporcionadas por éste.

En vez de exigir resultados, puede defender narrativas.

En vez de distinguir entre Estado, gobierno y partido, puede comenzar a identificarlos.

Y cuando esto ocurre, la democracia conserva formalmente al elector, pero comienza a perder al ciudadano.

Existe una diferencia importante.

El elector participa periódicamente.

El ciudadano participa permanentemente.

El elector selecciona una opción.

El ciudadano vigila al poder.

El elector recibe propaganda.

El ciudadano exige información.

El elector puede seguir a un líder.

El ciudadano sabe que ningún liderazgo se encuentra por encima de las instituciones.

La democracia necesita electores, por supuesto.

Pero necesita mucho más ciudadanos.

Una nueva responsabilidad democrática

Sería cómodo atribuir esta situación solamente al sistema educativo, a los gobiernos o a las redes sociales.

La responsabilidad es mucho más amplia.

Las escuelas deben promover pensamiento crítico.

Los partidos deben recuperar su función formativa.

Los gobiernos deben proporcionar información comprensible.

Los medios deben distinguir claramente información, análisis y opinión.

Las plataformas deben transparentar mejor la manera en que seleccionan contenidos.

Las universidades deben llevar el conocimiento más allá de sus espacios tradicionales.

Pero también existe una responsabilidad individual.

La libertad política no consiste únicamente en poder expresar nuestra opinión.

También implica asumir responsabilidad sobre la manera en que la formamos.

Compartir información sin verificarla, aceptar una afirmación porque coincide con nuestras convicciones o negarnos a escuchar argumentos diferentes son comportamientos que también deterioran el espacio democrático.

La democracia no solamente se construye en las instituciones.

También se construye en los hábitos intelectuales de cada ciudadano.

La democracia del conocimiento

Tal vez sea necesario incorporar una nueva dimensión al debate democrático.

Durante muchos años hablamos de democracia electoral.

Después hablamos de democracia participativa.

Más tarde incorporamos conceptos como democracia constitucional, democracia deliberativa y democracia de derechos.

Quizá ahora debamos hablar también de una democracia del conocimiento.

No significaría que deban gobernar los más educados ni establecer jerarquías entre ciudadanos.

Todo lo contrario.

Significaría garantizar a todas las personas las herramientas necesarias para comprender el mundo público en el que participan.

Una democracia del conocimiento tendría que formar ciudadanos capaces de distinguir hechos de opiniones, interpretar estadísticas, comprender las competencias de las autoridades, reconocer propaganda, verificar fuentes y conocer los mecanismos mediante los cuales pueden exigir sus derechos.

No se trata de enseñar qué pensar.

Se trata de enseñar cómo pensar democráticamente.

Conclusión

México ha realizado importantes avances en escolaridad, acceso a tecnologías y pluralidad informativa.

Nunca antes tantos ciudadanos habían tenido tantas posibilidades de conocer, expresarse y participar.

Pero la abundancia de información ha creado una paradoja.

Tenemos más información disponible y, al mismo tiempo, mayores dificultades para determinar qué es verdadero, qué es relevante y qué pretende manipularnos.

El desafío democrático contemporáneo no consiste solamente en garantizar elecciones libres.

También consiste en formar ciudadanos intelectualmente libres.

Una sociedad democrática requiere personas capaces de leer, comprender, preguntar, contrastar y modificar sus opiniones.

Necesita ciudadanos que no dependan permanentemente de alguien que les explique el mundo.

Porque existe una diferencia fundamental entre información y conocimiento.

La información se recibe.

El conocimiento se construye.

Y quizá exista también una diferencia semejante entre elector y ciudadano.

El elector vota.

El ciudadano piensa, cuestiona, participa y vigila al poder.

El futuro de nuestra democracia dependerá, en buena medida, de que seamos capaces de formar más ciudadanos que seguidores y más conciencias críticas que simples receptores de información.

Porque una democracia puede sobrevivir durante algún tiempo con ciudadanos desinformados.

Pero difícilmente puede desarrollarse plenamente sin ciudadanos capaces de pensar por sí mismos.

DEMOCRACIA EN TRANSFORMACIÓN Instituciones, precedentes y poder en el México del siglo XXI Una serie de ensayos de Manuel Alberto Cruz Martínez ¿QUIÉN PROTEGE LOS PRECEDENTES? Décima Cuarta Entrega Cuando la libertad de expresión llegó a las urnas El Tribunal Electoral y la construcción de un estándar para el debate democrático “Una elección verdaderamente libre no exige ciudadanos protegidos de la crítica, sino ciudadanos capaces de escucharla, contrastarla y decidir.”

 

De la libertad constitucional a la competencia electoral

Durante las entregas anteriores seguimos un largo recorrido.

Observamos cómo la Corte Interamericana de Derechos Humanos construyó progresivamente un estándar regional de protección a la libertad de expresión y cómo, posteriormente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación incorporó esos principios al constitucionalismo mexicano.

Pero todavía faltaba una pregunta.

¿Qué ocurre cuando la libertad de expresión entra directamente a una elección?

La respuesta no podía ser sencilla.

Una elección democrática necesita la circulación más amplia posible de ideas, opiniones y críticas.

Pero también necesita proteger otros valores constitucionales: la equidad de la contienda, el derecho al honor, la autenticidad del sufragio y el derecho de la ciudadanía a recibir información que le permita decidir libremente.

Fue precisamente en ese territorio donde el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación comenzó a construir una doctrina propia.

Ya no se trataba únicamente de proteger la libertad de expresión.

Se trataba de determinar cómo debía funcionar esa libertad dentro de una competencia por el poder político.


Una democracia necesita debate

Uno de los criterios más importantes construidos por la justicia electoral mexicana puede resumirse en una idea aparentemente sencilla:

durante una elección debe existir el mayor espacio posible para el debate político.

La Sala Superior terminó convirtiendo esa idea en una línea jurisprudencial claramente identificable.

La jurisprudencia 11/2008 sintetizó este principio bajo un título particularmente significativo: “Libertad de expresión e información. Su maximización en el contexto del debate político”.

La palabra importante es maximización.

No tolerancia.

No simple permiso.

Maximización.

Detrás de esa expresión existe una concepción determinada de democracia.

El ciudadano no debe llegar a las urnas después de haber sido protegido artificialmente de las opiniones incómodas.

Debe llegar después de haber escuchado argumentos, críticas, cuestionamientos y propuestas suficientes para formar su propia decisión.

La democracia no necesita silencio.

Necesita discusión.


El derecho a criticar

La consecuencia de esa concepción fue inevitable.

La justicia electoral comenzó a reconocer un margen particularmente amplio para la crítica política.

Las campañas no podían convertirse exclusivamente en espacios para presentar propuestas.

También debían permitir cuestionar las capacidades, antecedentes, decisiones y actuaciones de quienes aspiraban al poder.

Eso significaba aceptar una realidad incómoda pero esencial para cualquier sistema democrático:

la crítica política puede ser dura.

Puede ser severa.

Puede incomodar.

Incluso puede resultar profundamente desagradable para quien la recibe.

Pero ninguna de esas características basta, por sí misma, para convertirla en ilícita.

El TEPJF ha sostenido precisamente que, en un debate público abierto, plural y vigoroso, debe protegerse incluso la crítica severa, vehemente, molesta o perturbadora, pues lo contrario podría generar un efecto inhibidor incompatible con la deliberación democrática.

La protección constitucional no existe porque la crítica sea agradable.

Existe precisamente porque muchas veces no lo es.


Pero la libertad tampoco es absoluta

Sin embargo, el sistema mexicano nunca construyó una libertad de expresión electoral ilimitada.

La propia Constitución estableció fronteras.

Una de las más importantes es la calumnia electoral.

La legislación y la jurisprudencia fueron delimitando progresivamente su contenido: la imputación de hechos o delitos falsos con impacto en un proceso electoral.

Posteriormente, la interpretación constitucional añadió una exigencia fundamental.

No basta con demostrar que una afirmación era falsa.

También debe acreditarse el componente subjetivo: que la imputación se hubiera realizado con conocimiento de su falsedad o bajo el estándar de la denominada malicia efectiva.

Esta distinción resulta esencial.

Las opiniones no pueden someterse al mismo examen que los hechos.

Una persona puede considerar que un gobierno fue incompetente, que una candidatura representa una mala alternativa o que determinada política pública fracasó.

Son juicios de valor.

Podemos compartirlos o rechazarlos.

Pero difícilmente podemos demostrar que sean verdaderos o falsos.

Los hechos funcionan de manera distinta.

Cuando alguien atribuye directamente a otra persona una conducta concreta susceptible de comprobación, el derecho puede exigir responsabilidades bajo determinadas condiciones.

Así comenzó a trazarse una de las fronteras más delicadas de la libertad de expresión electoral.


La ciudadanía como verdadero sujeto protegido

Aquí aparece una cuestión que suele olvidarse.

La regulación de la propaganda electoral no protege únicamente a candidatos y partidos.

Protege también al ciudadano.

La prohibición de la calumnia persigue bienes como el honor y la reputación, pero la propia línea jurisprudencial ha destacado otro objetivo especialmente relevante: que la ciudadanía pueda ejercer un voto informado.

Esto cambia nuevamente la perspectiva.

El centro del derecho electoral no debe ser exclusivamente quien emite el mensaje.

Tampoco quien aparece mencionado en él.

El centro último debe ser quien escucha.

El elector.

Porque toda la arquitectura constitucional de una campaña tiene una finalidad superior: permitir que millones de ciudadanos formen libremente su voluntad política.

La libertad de expresión y la integridad de la información electoral dejan entonces de aparecer como principios necesariamente enfrentados.

Ambos pueden comprenderse como instrumentos al servicio de la misma finalidad democrática.

La libertad del ciudadano para decidir.


Cuando aparecieron las redes sociales

Entonces ocurrió algo que transformó completamente el escenario.

Internet dejó de ser únicamente una herramienta de comunicación.

Se convirtió en una nueva plaza pública.

Facebook, Twitter —hoy X—, YouTube y posteriormente otras plataformas comenzaron a ocupar un espacio central en las campañas electorales.

El derecho volvió a encontrarse frente a un territorio desconocido.

¿Debían aplicarse a las redes sociales las mismas reglas diseñadas para la radio y la televisión?

La Sala Superior comenzó a responder con cautela.

En asuntos como el SUP-REP-16/2016 sostuvo que, ante la inexistencia de una regulación específica, resultaba desproporcionado restringir las redes sociales sin fundamento legal suficiente cuando ello hiciera nugatoria la libertad de expresión.

Posteriormente desarrolló una protección especial para las expresiones difundidas en estas plataformas.

La razón resulta profundamente democrática.

Las redes permiten que los ciudadanos dejen de ser simples receptores de propaganda y se conviertan también en productores de información, opiniones y crítica política.

La jurisprudencia incluso reconoció que determinadas publicaciones realizadas en redes sociales pueden presumirse espontáneas y destacó que las sociedades democráticas se benefician cuando el electorado se encuentra expuesto al mayor nivel posible de circulación de ideas.

Sin advertirlo quizá en toda su dimensión, la justicia electoral estaba comenzando a construir el derecho constitucional de una nueva plaza pública.


El precedente volvió a evolucionar

A partir de entonces, la ecuación se volvió mucho más compleja.

Ya no existían únicamente partidos, candidatos y medios tradicionales.

Aparecieron ciudadanos con millones de seguidores.

Empresarios con enorme capacidad de comunicación.

Periodistas digitales.

Creadores de contenido.

Activistas.

Influencers.

Y, más recientemente, sistemas de inteligencia artificial capaces de producir textos, imágenes, voces y videos prácticamente indistinguibles de contenidos auténticos.

El estándar construido durante décadas comenzó a enfrentarse con una realidad que sus primeros autores difícilmente pudieron imaginar.

Pero los principios esenciales permanecieron.

Máxima circulación del debate político.

Protección reforzada de la crítica.

Distinción entre opiniones y hechos.

Calumnia como límite excepcional.

Protección del derecho ciudadano a decidir informadamente.

Ésta es la arquitectura jurisprudencial que debemos tener presente para comprender las controversias contemporáneas.


Una construcción que tampoco nació únicamente en el centro

Existe, además, una cuestión que resulta indispensable destacar.

La justicia electoral mexicana no se construye exclusivamente desde la Sala Superior.

Los tribunales electorales de las entidades federativas enfrentan diariamente conflictos sobre libertad de expresión, campañas, redes sociales, propaganda y reputación.

Las Salas Regionales revisan muchos de esos asuntos y contribuyen a desarrollar y aplicar los estándares nacionales.

Existen decisiones regionales que han retomado expresamente la doctrina de Sala Superior para señalar que sólo cuando concurren los elementos constitucionales de la calumnia resulta legítimo restringir la libertad de expresión electoral.

El precedente, por tanto, circula.

Desciende desde los órganos nacionales.

Es aplicado por tribunales regionales y locales.

Regresa enriquecido por nuevos casos.

Y vuelve nuevamente a las instancias superiores.

Eso es lo que hemos denominado en esta obra Federalismo Jurisprudencial Electoral.

No una relación exclusivamente jerárquica entre tribunales.

Sino una conversación constitucional dentro de un Estado federal.


Reflexión final

La libertad de expresión llegó a las urnas y transformó la justicia electoral.

Obligó a los tribunales a comprender que una elección libre necesita mucho más que reglas para contar votos.

Necesita reglas capaces de proteger la conversación que ocurre antes de depositarlos.

Durante décadas, la justicia electoral mexicana construyó un equilibrio complejo.

Protegió la crítica.

Reconoció límites.

Diferenció opiniones de hechos.

Incorporó la malicia efectiva.

Abrió espacios particularmente amplios para las redes sociales.

Y colocó progresivamente al ciudadano en el centro de la ecuación.

Ese equilibrio constituye el precedente que hoy heredamos.

Pero la historia no termina ahí.

Porque cada generación tecnológica obliga nuevamente al derecho a responder una pregunta que nunca desaparece:

¿cuánta libertad necesita una democracia para seguir siendo democracia?


Una idea para recordar

La libertad de expresión electoral no protege solamente el derecho de hablar. Protege algo todavía más importante: el derecho de la ciudadanía a escuchar todas las voces necesarias antes de decidir quién debe ejercer el poder.


En la próxima entrega

Federalismo Jurisprudencial Electoral

La justicia electoral también se construye desde los estados

Abandonaremos momentáneamente la mirada exclusiva sobre los grandes tribunales nacionales para estudiar una parte frecuentemente olvidada de la construcción del precedente: la aportación de los tribunales electorales locales y de las Salas Regionales.

Analizaremos cómo los conflictos que nacen en las entidades federativas pueden convertirse en el origen de criterios que posteriormente alcanzan dimensión nacional y plantearemos una pregunta fundamental para nuestro modelo federal:

si México es constitucionalmente una Federación, ¿por qué seguimos contando la historia de su jurisprudencia electoral como si hubiera sido construida únicamente desde el centro?

jueves, 6 de agosto de 2026

De la democracia del voto a la democracia de los derechos Ciudadanía, información y poder en el México contemporáneo

La democracia no depende solamente de la existencia de elecciones, partidos políticos o instituciones constitucionales. Depende, en gran medida, de la capacidad de la ciudadanía para conocer las alternativas políticas, evaluar el desempeño de los gobiernos y tomar decisiones con información suficiente.

Esta afirmación parece evidente, pero conduce a una pregunta cada vez más compleja: ¿el ciudadano contemporáneo está realmente mejor informado o únicamente recibe una mayor cantidad de mensajes?

México ha experimentado, durante los siglos XIX, XX y lo que va del XXI, profundas transformaciones políticas y sociales. Sin embargo, algunos conflictos parecen reaparecer bajo distintas formas: desigualdad, concentración del poder, personalismo, desconfianza institucional y confrontación entre grupos sociales.

La historia no se repite de manera exacta, pero conserva determinadas estructuras. En el siglo XIX, las divisiones se expresaron entre liberales y conservadores, federalistas y centralistas, Iglesia y Estado. En el siglo XX, el conflicto se manifestó mediante la Revolución, el reparto agrario, el corporativismo y la relación entre capital, trabajo y gobierno.

En el siglo XXI, la confrontación adopta nuevos lenguajes: pueblo y élites, progresistas y conservadores, mayorías y minorías, soberanía popular e instituciones autónomas.

El problema no es la existencia del desacuerdo. Toda democracia necesita pluralidad y conflicto. La dificultad comienza cuando el adversario deja de ser considerado un interlocutor legítimo y se convierte en enemigo moral, traidor o amenaza para la nación.

La transformación de la información política

La manera en que la ciudadanía recibe información ha cambiado radicalmente.

Durante buena parte del siglo XIX, la información política circulaba mediante periódicos, proclamas, púlpitos, asociaciones y relaciones personales. La baja alfabetización y las dificultades de comunicación limitaban el debate público a sectores relativamente reducidos.

En el siglo XX, la expansión educativa, la radio y la televisión permitieron que los mensajes políticos alcanzaran a millones de personas. Sin embargo, la ampliación de la audiencia no significó necesariamente pluralidad.

Durante gran parte del régimen posrevolucionario, la información política se encontró fuertemente centralizada. El gobierno, el partido dominante, las organizaciones corporativas y los medios de comunicación difundían una narrativa común sobre la estabilidad, el desarrollo y la justicia social.

Con la apertura democrática y el aumento de la competencia electoral, la televisión contribuyó a diversificar la información. Al mismo tiempo, transformó la política en espectáculo.

Los programas partidistas perdieron terreno frente a la imagen de las candidaturas, los eslóganes, las encuestas, los debates y las campañas negativas. El ciudadano comenzó a ser tratado como audiencia y el candidato como producto político.

La llegada de internet y de las redes sociales modificó nuevamente este escenario. Actualmente, cualquier persona puede recibir, producir y compartir información política. Esto representa un avance indudable para la libertad de expresión y la participación ciudadana.

Sin embargo, también creó una nueva dificultad: la abundancia de información no garantiza su calidad.

El ciudadano contemporáneo recibe noticias, opiniones, propaganda, rumores, videos y contenidos diseñados para provocar emociones. Con frecuencia, carece de los elementos necesarios para distinguir entre información verificada, interpretación, publicidad y manipulación.

México pasó así de la escasez informativa a la saturación digital.

Antes, el problema consistía en no tener acceso a la información. Ahora, consiste en saber cuál información merece confianza.

Escolaridad, información y cultura cívica

El aumento de la escolaridad y del acceso a internet constituye un avance objetivo. Sin embargo, no debe suponerse que una persona con más años de estudio necesariamente posee mayor conocimiento político.

Conviene diferenciar tres conceptos.

La escolaridad es el nivel de educación formal alcanzado.

La información política consiste en conocer a los partidos, las candidaturas, las instituciones, los gobiernos y las políticas públicas.

La competencia cívica es la capacidad para contrastar fuentes, interpretar datos, reconocer propaganda, comprender derechos y exigir responsabilidades.

La escolaridad puede favorecer estas capacidades, pero no las garantiza.

Una persona con pocos estudios formales puede conocer profundamente los problemas de su comunidad. Al mismo tiempo, alguien con formación universitaria puede compartir información falsa o decidir exclusivamente a partir de prejuicios e identidades políticas.

La democracia necesita algo más que electores alfabetizados o conectados. Requiere ciudadanos capaces de ejercer un juicio propio.

El ciudadano saturado

Las redes sociales no organizan necesariamente la información según su utilidad pública o su veracidad. Con frecuencia, los contenidos más visibles son aquellos que producen miedo, indignación, sorpresa o identificación.

Esto favorece una política emocional.

El ciudadano no recibe solamente información sobre gobiernos y partidos. También recibe narrativas que le indican quién es, a qué grupo pertenece, quién amenaza sus intereses y quién debe ser considerado responsable de sus problemas.

Cuando la política se convierte en identidad, los hechos pierden autonomía. Una política pública ya no se evalúa solamente por sus resultados, sino por el grupo que la propone.

La persona puede rechazar una medida útil porque proviene del adversario o defender una medida deficiente porque procede del grupo con el cual se identifica.

El ciudadano conectado no siempre es un ciudadano informado. Puede ser, simplemente, un ciudadano expuesto a mensajes permanentes y seleccionado mediante algoritmos para recibir aquello que confirma sus propias creencias.

La libertad formal de elegir entre múltiples fuentes no garantiza una deliberación libre cuando la información se encuentra condicionada por la propaganda, la polarización y la manipulación emocional.

La crisis de los partidos y de la representación

Los partidos políticos fueron concebidos para organizar intereses, formar cuadros, elaborar programas y conectar a la sociedad con el Estado.

Actualmente, muchos partidos han reducido estas funciones. En lugar de formar ciudadanía, concentran sus esfuerzos en campañas, encuestas, estrategias publicitarias y movilización electoral.

La pérdida de identidad ideológica y la selección de candidaturas mediante criterios de popularidad contribuyen a la desconfianza pública.

Esta desconfianza no necesariamente produce una ciudadanía más crítica. También puede favorecer el personalismo.

Cuando los partidos, congresos, tribunales y organismos autónomos son percibidos como ineficaces, el liderazgo individual aparece como una alternativa atractiva. El gobernante puede presentarse como la expresión directa de la voluntad popular y considerar innecesarios los intermediarios.

Así puede surgir una democracia plebiscitaria: se conservan las elecciones, pero los contrapesos, los procedimientos y las instituciones pierden importancia frente al liderazgo personal.

El problema no radica solamente en la existencia de un liderazgo fuerte, sino en la identificación progresiva entre una persona, el pueblo, el gobierno y la nación.

Los derechos humanos como nueva legitimidad

Ante la crisis de representación, los derechos humanos adquieren una creciente fuerza política.

La democracia tradicional responde principalmente a la pregunta: ¿quién debe gobernar?

Su respuesta es: quien obtenga el respaldo mayoritario mediante elecciones libres.

Los derechos humanos responden a otra pregunta: ¿qué puede y qué no puede hacer quien gobierna?

Su respuesta es que incluso las mayorías tienen límites derivados de la dignidad, la libertad y la igualdad de las personas.

Los derechos humanos pueden fortalecer la democracia porque protegen la participación, la libertad de expresión, la asociación, la igualdad, el acceso a la información y los derechos de las minorías.

Pero también pueden ser utilizados como una nueva fuente de legitimidad del poder.

Los gobiernos ya no se presentan solamente como representantes de una mayoría electoral. También se describen como defensores de los pobres, de las víctimas, de las mujeres, de los pueblos indígenas, de las minorías o de los grupos históricamente excluidos.

Esta evolución puede ser positiva. Una democracia que no combate la desigualdad ni garantiza condiciones mínimas de dignidad pierde legitimidad.

El riesgo aparece cuando el gobierno pretende poseer la representación moral exclusiva de esos sectores.

En ese momento, cuestionar una política puede ser presentado como un ataque contra los derechos que supuestamente la justifican. La crítica deja de considerarse una parte normal de la democracia y comienza a calificarse como defensa de privilegios o agresión contra el pueblo.

Los derechos, concebidos originalmente como límites al poder, pueden convertirse entonces en argumentos del propio poder.

Derechos y beneficios

Para comprender este riesgo es indispensable distinguir entre derechos y beneficios.

Un derecho pertenece a la persona. No depende de su adhesión política, de su gratitud ni de la voluntad personal del gobernante. Puede ser exigido ante las instituciones.

Un beneficio discrecional, en cambio, puede depender de decisiones administrativas, de intermediarios o de relaciones políticas.

Cuando esta diferencia no es comprendida, los derechos sociales pueden ser percibidos como concesiones personales del gobierno.

El gobernante deja de ser visto como una autoridad obligada por la Constitución y comienza a ser presentado como benefactor.

La diferencia puede resumirse de la siguiente manera:

El ciudadano exige derechos; el cliente político agradece beneficios.

Esto no significa que los programas sociales sean necesariamente clientelares. Son instrumentos indispensables para garantizar derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.

El problema aparece cuando se personalizan, se utilizan electoralmente o se presentan como favores cuya continuidad depende de un partido, de un gobierno o de una persona.

Una verdadera política de derechos fortalece al ciudadano frente al gobierno. Una política asistencial personalista fortalece al gobierno frente al ciudadano.

Los derechos generan autonomía cuando permiten a las personas desarrollar libremente su proyecto de vida. Los beneficios utilizados como instrumentos políticos pueden generar dependencia, gratitud obligada y temor a perderlos.

El riesgo de una posdemocracia tutelar

La democracia no necesariamente desaparecerá mediante la cancelación de elecciones o una ruptura abierta del orden constitucional.

Puede transformarse gradualmente, conservando sus formas exteriores.

Una posdemocracia tutelar mantendría elecciones, partidos y derechos formalmente reconocidos, pero debilitaría progresivamente el pluralismo, los contrapesos y la autonomía ciudadana.

Podría caracterizarse por:

elecciones con condiciones cada vez menos equilibradas;

liderazgo político altamente personalizado;

debilitamiento de los órganos de control;

presión sobre la independencia judicial;

descalificación moral de la oposición;

utilización selectiva de los derechos humanos;

transformación del ciudadano en beneficiario;

identificación entre gobierno, pueblo y nación.

La concentración del poder se presentaría no como autoritarismo, sino como condición necesaria para alcanzar justicia, igualdad y bienestar.

Esta es la paradoja principal: en nombre de los derechos pueden debilitarse las instituciones encargadas de garantizarlos.

Un gobierno puede afirmar que los contrapesos retrasan la transformación, que los jueces protegen privilegios, que los organismos autónomos obstaculizan la voluntad popular o que la crítica perjudica los intereses nacionales.

Así, el debilitamiento democrático puede presentarse como una forma superior de justicia.

Dos posibles caminos

La transformación actual puede conducir a dos modelos diferentes.

El primero es una democracia constitucional de derechos.

En ella, las mayorías gobiernan, pero respetan límites. Los derechos sociales son universales y exigibles. Los jueces actúan con independencia. Las minorías pueden disentir. La información pública es accesible y la ciudadanía participa más allá de las elecciones.

En este modelo, la democracia electoral, los derechos humanos, la división de poderes y el Estado de derecho se complementan. Ninguno puede existir plenamente sin los demás.

El segundo modelo es una democracia plebiscitaria de derechos selectivos.

En ella, las elecciones continúan, pero el poder se personaliza. Los derechos son interpretados desde el gobierno. La crítica se convierte en deslealtad y los beneficios sociales sustituyen progresivamente a la ciudadanía autónoma.

La diferencia entre ambos modelos no depende de cuántos derechos aparecen en la Constitución, sino de quién puede exigirlos, quién los interpreta y qué instituciones protegen a las personas frente al poder.

Hacia una democracia del conocimiento

La democracia del futuro no puede depender únicamente del derecho al voto. También debe garantizar condiciones para comprender, contrastar y utilizar la información.

La educación cívica debe superar la enseñanza básica sobre símbolos nacionales, elecciones o división de poderes. Debe proporcionar herramientas para:

distinguir hechos de opiniones;

verificar fuentes;

identificar propaganda;

comprender las atribuciones de cada autoridad;

evaluar políticas públicas;

interpretar estadísticas;

conocer los mecanismos para exigir derechos;

reconocer la función democrática de los contrapesos;

participar en los asuntos públicos más allá del voto.

Los partidos deben recuperar su función formativa. No basta con pedir el voto; deben explicar sus principios, presentar programas verificables, formar militantes y rendir cuentas sobre sus gobiernos.

Los medios de comunicación deben distinguir claramente entre información, análisis y opinión. Las instituciones deben comunicar con claridad y transparencia. Las universidades deben fortalecer el estudio de la cultura democrática, del comportamiento electoral y de la alfabetización mediática.

Una ciudadanía informada no es aquella que recibe más mensajes, sino aquella que posee mayores capacidades para decidir por sí misma.

Conclusión

La democracia mexicana enfrenta una transformación profunda.

La expansión educativa, la pluralidad informativa y el acceso a internet ampliaron las posibilidades de participación. Sin embargo, también produjeron saturación, fragmentación y nuevas formas de manipulación política.

Paralelamente, la desconfianza hacia los partidos y las instituciones representativas permitió que los derechos humanos adquirieran una creciente centralidad como fuente de legitimidad.

Los derechos pueden renovar la democracia, pero no pueden sustituirla. Necesitan instituciones, procedimientos, jueces independientes, pluralismo y ciudadanía crítica.

El desafío del siglo XXI ya no consiste solamente en determinar quién obtiene la mayoría de los votos. También consiste en saber quién define los derechos, mediante qué procedimientos, con qué límites y bajo qué controles.

El futuro democrático dependerá de ciudadanos capaces de comprender aquello que deciden; de distinguir entre derechos y concesiones; de reconocer que la mayoría no posee necesariamente la verdad; y de entender que la dignidad humana exige tanto justicia social como límites constitucionales al poder.

La democracia del futuro deberá ser una democracia de derechos, pero también una democracia del conocimiento.

Porque sin ciudadanos informados, críticos y autónomos, los derechos pueden convertirse en promesas del poder; pero con una ciudadanía consciente, pueden constituir el fundamento de una democracia más justa, más libre y verdaderamente humana.

Esta versión conserva el lenguaje ciudadano, pero sostiene una tesis suficientemente profunda para una revista de análisis político, jurídico o constitucional.

miércoles, 5 de agosto de 2026

DEMOCRACIA EN TRANSFORMACIÓN Instituciones, precedentes y poder en el México del siglo XXI Una serie de ensayos de Manuel Alberto Cruz Martínez ¿QUIÉN PROTEGE LOS PRECEDENTES? Décima Tercera Entrega La constitucionalización del estándar Cómo la Suprema Corte transformó la libertad de expresión en un principio estructural de la democracia mexicana

 "Las constituciones cambian cuando cambia su texto; pero las democracias cambian cuando evoluciona la manera de interpretar ese texto."

La Constitución nunca volvió a ser la misma

Existen momentos en la historia jurídica de un país que modifican silenciosamente la manera en que se entiende el Estado de Derecho.

No siempre son reformas espectaculares.

No siempre producen titulares.

Con frecuencia, sus efectos comienzan a percibirse años después.

Eso ocurrió en México con la reforma constitucional de 2011 en materia de derechos humanos.

Desde entonces, la Constitución dejó de ser interpretada como un texto aislado.

Comenzó a dialogar con los tratados internacionales y con la jurisprudencia de los tribunales encargados de protegerlos.

Aquella reforma no amplió únicamente el catálogo de derechos.

Transformó la manera de comprenderlos.

Y con ello cambió también la responsabilidad de todos los jueces mexicanos.

Del control de legalidad al control de convencionalidad

Hasta hace apenas unas décadas, el análisis constitucional se concentraba principalmente en verificar si una ley era compatible con la Constitución.

La reforma de 2011 añadió una nueva dimensión.

Los jueces ya no debían preguntarse únicamente si una norma respetaba el texto constitucional.

También debían examinar su compatibilidad con los tratados internacionales sobre derechos humanos y, particularmente, con los criterios desarrollados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El denominado control de convencionalidad dejó de ser un concepto reservado para el derecho internacional.

Se convirtió en una herramienta cotidiana para los tribunales mexicanos.

Con ello, la interpretación constitucional adquirió una profundidad inédita.

La Suprema Corte como puente constitucional

Toda transformación jurídica necesita una institución capaz de traducir los grandes principios en reglas aplicables a la realidad nacional.

Ese papel correspondió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

A partir de la reforma de 2011, la Corte comenzó a desarrollar una doctrina constitucional que integró progresivamente los estándares interamericanos al sistema jurídico mexicano.

No se trató de sustituir la Constitución.

Tampoco de desplazar la soberanía jurisdiccional.

La tarea consistió en armonizar ambas fuentes para ofrecer la protección más amplia posible a los derechos fundamentales.

Así nació una nueva forma de interpretar la libertad de expresión.

La Corte dejó de observarla únicamente como un derecho individual.

Comenzó a entenderla como una condición estructural para el funcionamiento del régimen democrático.

La libertad de expresión como garantía de la ciudadanía

Uno de los aportes más relevantes de la Suprema Corte consistió en reconocer que la libertad de expresión protege mucho más que la posibilidad de emitir opiniones.

Protege el derecho de la sociedad a deliberar.

Protege el intercambio de ideas.

Protege el acceso a información plural.

Y protege, sobre todo, la posibilidad de cuestionar al poder.

En una democracia constitucional, la crítica no constituye una amenaza para las instituciones.

Es uno de los mecanismos que permiten su fortalecimiento.

Por ello, la Corte fue consolidando criterios que reconocieron una protección reforzada al discurso relacionado con asuntos de interés público.

No porque ciertas personas merezcan privilegios para expresarse.

Sino porque la ciudadanía necesita escuchar todas las voces para formar libremente su voluntad política.

El principio pro persona y la máxima protección

La reforma constitucional incorporó un criterio interpretativo que marcaría toda la evolución posterior de los derechos fundamentales: el principio pro persona.

Su lógica es sencilla y, al mismo tiempo, profundamente transformadora.

Cuando existan varias interpretaciones posibles de una norma relativa a derechos humanos, deberá preferirse aquella que otorgue la protección más amplia.

Este principio modificó la forma de resolver conflictos constitucionales.

Las restricciones dejaron de ser el punto de partida.

La protección de los derechos pasó a ocupar el centro del razonamiento jurídico.

En materia de libertad de expresión, ello significó que cualquier limitación debía justificarse mediante argumentos particularmente sólidos y superar un examen estricto de necesidad y proporcionalidad.

El impacto sobre la justicia electoral

Aunque la Suprema Corte no es un tribunal especializado en materia electoral, sus criterios terminaron influyendo profundamente en la evolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Los principios construidos por la Corte proporcionaron el marco constitucional dentro del cual la justicia electoral desarrollaría posteriormente sus propios estándares.

La protección reforzada del discurso político.

La mayor tolerancia frente a la crítica dirigida a personajes públicos.

La necesidad de interpretar restrictivamente las limitaciones a la libertad de expresión.

Todos estos elementos comenzaron a integrarse progresivamente en la jurisprudencia electoral.

No fue una recepción mecánica.

Fue una adaptación.

El Tribunal Electoral tomó esos principios generales y los aplicó a un ámbito particularmente complejo: la competencia democrática.

Así comenzó a edificarse el estándar mexicano sobre libertad de expresión electoral.

Una Constitución en movimiento

Quizá la mayor enseñanza de este proceso sea que las constituciones no permanecen inmóviles.

Su texto puede ser el mismo.

Pero su significado evoluciona conforme evolucionan los derechos humanos y la comprensión que la sociedad tiene de ellos.

Esa evolución no representa una amenaza para la seguridad jurídica.

Al contrario.

Cuando se desarrolla con argumentos sólidos y dentro del marco constitucional, constituye una de las mayores fortalezas del Estado de Derecho.

Porque demuestra que la Constitución sigue siendo capaz de responder a los desafíos de cada época sin renunciar a sus principios esenciales.

Reflexión final

La historia de la libertad de expresión en México no comenzó con un litigio electoral.

Comenzó cuando el constitucionalismo mexicano decidió dialogar con el derecho internacional de los derechos humanos y asumir que la protección de las libertades fundamentales constituye una responsabilidad compartida.

La Suprema Corte desempeñó un papel decisivo en ese proceso.

Construyó el puente entre los estándares interamericanos y la realidad constitucional mexicana.

Gracias a esa labor, el Tribunal Electoral encontraría posteriormente un terreno fértil para desarrollar una jurisprudencia especializada capaz de proteger simultáneamente el debate público y la integridad de las elecciones.

Comprender ese recorrido resulta indispensable.

Porque ningún precedente puede entenderse si se ignoran los cimientos sobre los cuales fue construido.

Una idea para recordar

La Suprema Corte no importó un modelo extranjero de libertad de expresión; constitucionalizó un lenguaje común de derechos humanos que permitió fortalecer la democracia mexicana desde la propia Constitución.

En la próxima entrega

Cuando la libertad de expresión llegó a las urnas

Analizaremos cómo el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tomó los principios desarrollados por la Suprema Corte y la Corte Interamericana para construir una jurisprudencia propia sobre campañas electorales, propaganda política, calumnia, crítica a personajes públicos y equidad en la contienda. Veremos cómo nació el estándar específicamente electoral que, años después, sería puesto a prueba por los casos más recientes.

lunes, 3 de agosto de 2026

Quién protege a las audiencias sin censurar a quien informa?

 La defensa de los derechos de las audiencias es una conquista democrática. Quien escucha la radio o mira la televisión no es un consumidor pasivo: tiene derecho a recibir información plural, distinguir entre publicidad y contenido periodístico, acceder a mecanismos de réplica y contar con medidas de accesibilidad.

Pero toda regulación tiene un límite.

Cuando el Estado deja de garantizar transparencia y comienza a decidir qué información es “verdadera”, qué lenguaje es “correcto”, qué opinión debe presentarse como aceptable o qué contenido merece ser suspendido, la protección de las audiencias puede transformarse en control editorial.

La libertad de expresión no protege únicamente las ideas cómodas, moderadas o coincidentes con el poder. También ampara la crítica, la sátira, la investigación periodística, la opinión severa y el discurso que incomoda.

Por eso, la pregunta no es si deben existir derechos de las audiencias. La pregunta es cómo protegerlos sin abrir la puerta a la censura previa, a sanciones ambiguas o a la imposición de una verdad oficial.

En el artículo que hoy publico analizo los Lineamientos Generales sobre los Derechos de las Audiencias desde la Constitución mexicana y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Examino sus aspectos positivos —accesibilidad, protección de la infancia, transparencia publicitaria, réplica y alfabetización mediática—, pero también sus zonas de riesgo: la exigencia de veracidad, la separación rígida entre información y opinión, la promoción obligatoria de determinados valores y la suspensión precautoria de transmisiones.

La conclusión es clara:

Los derechos de las audiencias deben ampliar el debate público, no reducirlo.

Ante una información controvertida, debe preferirse más información. Ante una inexactitud, réplica y rectificación. Ante la publicidad encubierta, transparencia. Ante la desinformación, alfabetización mediática. Y ante los abusos, responsabilidades posteriores sujetas a legalidad y proporcionalidad, nunca censura previa.

Los invito a consultar el artículo completo en mi blog:

“Derechos de las audiencias y libertad de expresión: límites constitucionales y convencionales de la regulación de los contenidos audiovisuales”.