viernes, 10 de julio de 2026

DEMOCRACIA EN TRANSFORMACIÓN Instituciones, precedentes y poder en el México del siglo XXI Una serie de ensayos de Manuel Alberto Cruz Martínez

 Ensayo III

¿Quién protege los precedentes?

La justicia electoral mexicana frente al cambio de paradigma constitucional

Primera entrega

Los precedentes: el patrimonio invisible de la democracia

"Las democracias cambian mediante elecciones. Las constituciones se reforman. Pero los derechos sólo permanecen cuando sobreviven los precedentes que les dan sentido."

Cuando cambian los jueces… ¿deben cambiar los derechos?

Toda democracia se acostumbra al cambio.

Cambian los gobiernos.

Cambian las legislaturas.

Cambian las mayorías políticas.

Incluso cambian quienes integran los tribunales encargados de interpretar la Constitución.

Ese dinamismo constituye una expresión natural de la vida democrática.

Sin embargo, existe un elemento cuya estabilidad resulta indispensable para preservar el Estado de Derecho: la protección de los derechos fundamentales.

La pregunta parece sencilla, pero encierra una de las discusiones más importantes del constitucionalismo contemporáneo:

¿Qué garantiza que nuestros derechos continúen siendo protegidos cuando quienes interpretan la Constitución dejan su lugar a una nueva generación de jueces?

La respuesta no se encuentra únicamente en el texto constitucional.

Tampoco depende exclusivamente de la preparación, independencia o integridad de quienes integran un tribunal.

Existe una institución silenciosa que hace posible esa continuidad.

El precedente.

Paradójicamente, es uno de los conceptos más importantes del Estado constitucional y, al mismo tiempo, uno de los menos conocidos fuera del ámbito jurídico.

No ocupa titulares.

No protagoniza campañas electorales.

Difícilmente forma parte de la conversación cotidiana.

Y, sin embargo, determina la manera en que millones de personas ejercen diariamente sus derechos.

Porque la democracia no vive solamente de las leyes que aprueba el Congreso.

También vive de la forma en que esas leyes son interpretadas por los tribunales.

La Constitución no habla por sí sola

Con frecuencia se afirma que basta con leer la Constitución para conocer nuestros derechos.

La afirmación resulta tranquilizadora, pero incompleta.

Las constituciones establecen principios.

Reconocen libertades.

Distribuyen competencias.

Limitan el ejercicio del poder.

Sin embargo, ninguna Constitución puede anticipar todos los problemas que surgirán con el paso del tiempo.

Cada generación enfrenta desafíos que el constituyente jamás imaginó.

La inteligencia artificial.

Las redes sociales.

La violencia política contra las mujeres.

Las acciones afirmativas.

La representación política de grupos históricamente excluidos.

La fiscalización de campañas digitales.

Frente a estas nuevas realidades, el texto constitucional necesita ser interpretado.

Y es precisamente ahí donde comienza la función más trascendente de un tribunal constitucional.

Cada sentencia representa un diálogo entre la norma escrita y la realidad cambiante.

Cuando ese diálogo se repite una y otra vez sobre un mismo problema, deja de ser únicamente una resolución judicial.

Se convierte en un criterio.

Después en una línea jurisprudencial.

Finalmente, en un precedente.

Es entonces cuando la Constitución deja de ser únicamente un texto.

Comienza a convertirse en una experiencia viva.

El patrimonio invisible de la democracia

Cuando pensamos en el patrimonio democrático de una nación solemos imaginar elecciones libres, organismos autónomos, tribunales independientes o instituciones sólidas.

Todos ellos forman parte de ese patrimonio.

Pero existe otro mucho menos visible.

Uno que no puede visitarse como un edificio ni fotografiarse como un monumento.

La memoria jurídica construida por los tribunales.

Cada precedente resume años de experiencia institucional.

Cada jurisprudencia representa decenas de conflictos previamente resueltos.

Cada criterio consolidado sintetiza el esfuerzo colectivo por dotar de contenido real a los principios constitucionales.

Ese patrimonio no pertenece a quienes redactaron las sentencias.

Tampoco a quienes integran temporalmente un tribunal.

Pertenece a la ciudadanía.

Porque millones de personas organizan su conducta confiando en que, si mañana enfrentan un problema semejante al que ayer resolvió un tribunal, recibirán una respuesta construida sobre las mismas razones jurídicas.

La seguridad jurídica no consiste únicamente en conocer las leyes.

Consiste, sobre todo, en poder confiar razonablemente en la continuidad de su interpretación.

La igualdad también depende de los precedentes

Toda Constitución proclama que las personas son iguales ante la ley.

Pero esa igualdad perdería buena parte de su significado si casos sustancialmente semejantes pudieran resolverse de manera distinta únicamente porque cambió la integración del tribunal encargado de juzgarlos.

La igualdad exige coherencia.

Exige continuidad.

Exige que los ciudadanos puedan prever razonablemente la manera en que serán protegidos sus derechos.

Por ello, los precedentes cumplen una función que trasciende el ámbito estrictamente judicial.

No sólo orientan a quienes juzgan.

También limitan la arbitrariedad.

Obligan a justificar cuidadosamente cada cambio de criterio.

Fortalecen la confianza en las instituciones.

Y recuerdan que la Constitución pertenece a todos, no únicamente a quienes circunstancialmente tienen la responsabilidad de interpretarla.

Las sociedades evolucionan.

Los problemas cambian.

Las respuestas jurídicas también deben hacerlo.

Pero una democracia madura distingue entre evolución y ruptura.

La primera fortalece la confianza.

La segunda puede debilitarla si no se encuentra sólidamente justificada.

La justicia electoral mexicana frente a una nueva etapa

México atraviesa uno de los procesos de transformación institucional más importantes de las últimas décadas.

La renovación derivada de la reforma judicial abre inevitablemente una nueva etapa para la justicia constitucional y, particularmente, para la justicia electoral.

Toda renovación institucional representa una oportunidad para revisar criterios, corregir excesos y adaptar el derecho a nuevas realidades.

Ninguna jurisprudencia puede permanecer inmóvil frente a una sociedad que cambia.

Pero tampoco puede modificarse sin explicar por qué cambia.

Porque la evolución del derecho fortalece la democracia únicamente cuando preserva aquello que hace posible la convivencia institucional: la certeza.

Y aquí aparece la pregunta que da nombre a este ensayo.

¿Quién protege los precedentes cuando cambian quienes deben interpretarlos?

No preguntamos únicamente quién integrará los tribunales del futuro.

Preguntamos quién garantizará la continuidad de los principios constitucionales que durante más de tres décadas dieron estabilidad a la democracia mexicana.

La tesis de este ensayo

Este trabajo no pretende defender personas ni cuestionar anticipadamente las decisiones de quienes hoy integran los órganos jurisdiccionales.

Reducir un problema institucional a un debate sobre personas sería desconocer la naturaleza misma del constitucionalismo.

Nuestra preocupación es distinta.

Mucho más profunda.

Nos preguntaremos si la democracia mexicana ha construido mecanismos suficientes para garantizar que los principios constitucionales sobrevivan al relevo natural de quienes ejercen la función jurisdiccional.

En otras palabras:

¿Puede existir una verdadera independencia judicial si los precedentes dejan de ser independientes del cambio de los jueces?

Ésa será la pregunta que acompañará todas las entregas de este ensayo.

Porque quizá la mayor fortaleza de una democracia no radique únicamente en la independencia de quienes juzgan.

Sino en la capacidad de sus instituciones para preservar la continuidad del derecho más allá de quienes, temporalmente, tienen la responsabilidad de interpretarlo.

Una idea para recordar

Los precedentes no protegen a los jueces.

Protegen a los ciudadanos frente al cambio de los jueces.

En la próxima entrega

Cuando las sentencias construyen democracia

Durante más de tres décadas, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no sólo resolvió controversias entre partidos políticos. Construyó principios constitucionales que transformaron silenciosamente la vida democrática de México. La paridad de género, las acciones afirmativas, la tutela efectiva de los derechos político-electorales y los estándares de libertad de expresión son, en buena medida, resultado de una evolución jurisprudencial constante. Comprender esa historia será indispensable para responder la pregunta que guía esta serie: ¿qué sucede cuando cambian los precedentes que durante años dieron estabilidad a nuestra democracia?

Sobre el autor

Manuel Alberto Cruz Martínez es jurista especializado en derecho electoral y constitucional. A lo largo de más de tres décadas ha participado en el desarrollo y fortalecimiento de las instituciones electorales mexicanas. "Democracia en transformación" es una serie de ensayos dedicada a reflexionar, desde una perspectiva jurídica, histórica e institucional, sobre los desafíos que enfrenta el Estado constitucional en el México del siglo XXI.

jueves, 9 de julio de 2026

Del árbitro electoral al administrador electoral La transformación silenciosa del Instituto Nacional Electoral y el futuro de la democracia mexicana

 Por Manuel Alberto Cruz Martínez

"La democracia no se sostiene únicamente porque existan elecciones. Se sostiene porque los ciudadanos confían en quien organiza esas elecciones."

Introducción

Cuando en 1990 nació el Instituto Federal Electoral (IFE), México no solamente creó una nueva institución; inició uno de los procesos de transformación democrática más importantes de su historia reciente.

La crisis política derivada de las elecciones presidenciales de 1988 había dejado una enseñanza contundente: ninguna democracia puede consolidarse cuando la ciudadanía desconfía de quien cuenta los votos.

La solución fue construir una autoridad electoral distinta. Una institución alejada del control gubernamental, integrada por especialistas, con autonomía progresiva y una misión muy clara: convertirse en un árbitro imparcial de la competencia política.

Durante casi tres décadas ese modelo permitió que México transitara de un sistema de partido hegemónico a una democracia competitiva, donde la alternancia dejó de ser una excepción para convertirse en una práctica habitual.

Sin embargo, las instituciones también evolucionan.

La reforma constitucional de 2014 transformó al IFE en el Instituto Nacional Electoral (INE), ampliando significativamente sus atribuciones. La intención era fortalecer la calidad de las elecciones en todo el país mediante un Modelo Nacional Electoral que unificara criterios y garantizara estándares homogéneos.

Paradójicamente, mientras el INE asumía mayores responsabilidades, comenzó a enfrentar restricciones presupuestales, crecientes presiones políticas y una constante exigencia de hacer más con menos.

Hoy vale la pena preguntarnos:

¿Sigue siendo el INE el árbitro que imaginó la transición democrática o se ha convertido, cada vez más, en un administrador de procedimientos?

Responder esa pregunta implica revisar no solo la historia del Instituto, sino el futuro mismo de nuestra democracia.

Del IFE al INE: una evolución necesaria

El IFE nació para resolver un problema de confianza.

Su diseño institucional respondía a una lógica muy sencilla: quien organiza las elecciones no puede depender del gobierno que participa en ellas.

Con las reformas de 1994 y, especialmente, de 1996, el Instituto adquirió plena autonomía y consolidó un modelo basado en cinco principios constitucionales: certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.

Estos principios no eran conceptos abstractos. Se materializaron mediante la creación de un Servicio Profesional Electoral, un padrón electoral reconocido internacionalmente, mecanismos rigurosos de capacitación ciudadana, sistemas avanzados de geografía electoral y procedimientos de fiscalización cada vez más sofisticados.

La autoridad electoral dejó de ser simplemente una oficina que organizaba elecciones.

Se convirtió en una institución cuya principal fortaleza era la confianza pública.

Cada elección organizada exitosamente fortalecía esa legitimidad.

El Modelo Nacional Electoral: una reforma con luces y sombras

La reforma político-electoral de 2014 respondió a una preocupación legítima.

En distintos estados del país persistían diferencias importantes en la calidad de las elecciones locales. Algunos organismos públicos locales electorales (OPLE) enfrentaban fuertes presiones de los poderes políticos regionales, lo que generaba cuestionamientos sobre su independencia.

La respuesta fue construir un sistema nacional coordinado por el INE.

El nuevo modelo buscó:

homologar procedimientos;

fortalecer la profesionalización;

garantizar estándares técnicos uniformes;

evitar capturas políticas locales.

Desde esa perspectiva, la reforma representó un avance importante.

Sin embargo, también modificó profundamente la naturaleza del Instituto.

El INE dejó de ser únicamente la autoridad responsable de las elecciones federales.

Ahora debía coordinar, supervisar, fiscalizar e incluso atraer funciones originalmente asignadas a las autoridades electorales locales.

La consecuencia fue evidente.

Las responsabilidades crecieron exponencialmente.

Los recursos, no.

La centralización: una solución que también genera nuevos desafíos

La centralización permitió uniformar procedimientos y reducir algunas asimetrías entre entidades federativas.

No obstante, también produjo efectos secundarios.

Muchas decisiones que anteriormente se resolvían en el ámbito local comenzaron a depender de estructuras nacionales.

La carga operativa aumentó.

Los tiempos institucionales se hicieron más complejos.

La autoridad nacional pasó de ser un árbitro de elecciones federales a convertirse en administradora de un sistema electoral nacional extraordinariamente sofisticado.

Paradójicamente, mientras más funciones asumía, menos margen tenía para fortalecer las capacidades técnicas que hicieron exitoso al antiguo IFE.

La austeridad y el costo invisible de las instituciones

Durante los últimos años el debate público ha girado alrededor de una pregunta recurrente:

¿Cuánto cuesta el INE?

Es una pregunta legítima.

Pero quizá no sea la más importante.

La verdadera interrogante debería ser otra:

¿Cuánto cuesta perder una autoridad electoral técnicamente sólida?

La austeridad puede representar un principio válido de administración pública.

Ninguna institución está exenta de ejercer racionalmente los recursos públicos.

Sin embargo, cuando la reducción presupuestal afecta la capacitación, la innovación tecnológica, la organización territorial o la estabilidad del personal especializado, el impacto deja de ser meramente financiero.

Se convierte en un problema institucional.

Las elecciones modernas dependen de infraestructura tecnológica, logística altamente especializada y personal con experiencia acumulada durante años.

Esas capacidades no se improvisan.

Se construyen lentamente.

Y también pueden perderse lentamente.

La desaparición silenciosa de las capacidades técnicas

Uno de los activos más valiosos del sistema electoral mexicano nunca apareció en los presupuestos.

Fue su capital humano.

Durante décadas el Servicio Profesional Electoral permitió formar especialistas cuya experiencia garantizaba continuidad institucional, independientemente de los cambios políticos.

La memoria técnica de una institución constituye una forma de patrimonio democrático.

Cuando esa memoria comienza a fragmentarse por restricciones presupuestales, jubilaciones no sustituidas, reducción de estructuras o pérdida de incentivos para la profesionalización, el deterioro no suele advertirse de inmediato.

Sus efectos aparecen años después.

Una democracia puede conservar intactas sus leyes mientras pierde gradualmente la capacidad técnica para hacerlas efectivas.

¿Árbitro o administrador?

Quizá esta sea la pregunta central.

Administrar elecciones significa organizar procedimientos.

Arbitrar una democracia implica algo mucho más complejo.

Supone garantizar condiciones de equidad, resolver conflictos con independencia, resistir presiones políticas y generar confianza suficiente para que vencedores y vencidos acepten los resultados.

Esa diferencia resulta fundamental.

Un administrador ejecuta normas.

Un árbitro protege principios constitucionales.

Si las autoridades electorales comienzan a concentrar cada vez más tiempo en tareas administrativas y cada vez menos en fortalecer sus capacidades institucionales, la democracia corre el riesgo de conservar la estructura mientras pierde parte de su esencia.

El desafío de los próximos años

El sistema electoral mexicano enfrenta retos que hace apenas una década resultaban impensables.

La irrupción de la inteligencia artificial, la regulación de las redes sociales, la desinformación digital, la reducción presupuestal, la elección judicial y la creciente complejidad de los procesos electorales exigirán instituciones cada vez más especializadas.

No menos.

El debate no debería centrarse exclusivamente en cuánto cuesta organizar una elección.

La verdadera discusión consiste en determinar qué tipo de autoridad electoral necesita México para preservar la confianza ciudadana durante las próximas décadas.

Reflexión final

Las democracias no se debilitan únicamente cuando desaparecen las elecciones.

También pueden deteriorarse cuando las instituciones encargadas de protegerlas pierden progresivamente las condiciones necesarias para cumplir su misión.

El IFE fue concebido como un árbitro.

El INE nació para coordinar un sistema nacional.

Hoy enfrenta el riesgo de convertirse, por la acumulación de responsabilidades y la reducción de capacidades, en un administrador de procedimientos.

La diferencia puede parecer semántica.

No lo es.

Porque mientras un administrador organiza elecciones, un árbitro protege la democracia.

Y quizá esa sea la discusión más importante que México deberá afrontar en los próximos años.

Redes sociales: el nuevo campo de batalla de la democracia Cuando la libertad de expresión, los algoritmos y el poder compiten por la mente de los ciudadanos

 Por Manuel Alberto Cruz (propuesta de autoría)

Introducción: la nueva plaza pública

Durante siglos, la democracia tuvo un escenario perfectamente identificable: la plaza pública. Ahí se debatían las ideas, se confrontaban los proyectos políticos y se formaba la opinión de los ciudadanos. Más tarde, esa plaza se trasladó a los periódicos, la radio y la televisión, medios que durante décadas moldearon la conversación pública y definieron buena parte de la vida política de las naciones.

Hoy esa plaza ya no está construida de piedra ni de papel. Está hecha de pantallas.

Cada teléfono celular se ha convertido en una tribuna. Cada usuario puede ser, al mismo tiempo, lector, periodista, editor, comentarista y protagonista de la conversación pública. Nunca antes la humanidad había tenido un acceso tan amplio a la información ni una capacidad tan inmediata para difundir ideas.

Paradójicamente, tampoco había sido tan difícil distinguir entre la información verificada, la propaganda, la manipulación y la mentira.

Las redes sociales han democratizado la comunicación, pero también han transformado profundamente la manera en que se ejerce el poder. Hoy no basta con ganar elecciones; también resulta indispensable dominar la conversación digital.

La democracia del siglo XXI ya no se disputa únicamente en las urnas.

Se disputa, minuto a minuto, en las redes sociales.

La revolución que nadie anticipó

Cuando aparecieron Facebook, YouTube, Twitter —hoy X—, Instagram y posteriormente TikTok, predominó un optimismo casi universal.

Se pensaba que Internet fortalecería la democracia porque eliminaría intermediarios y permitiría que cualquier ciudadano pudiera expresarse libremente.

Parecía el triunfo definitivo de la libertad de expresión.

Sin embargo, veinte años después la realidad es mucho más compleja.

Hoy sabemos que las redes sociales también pueden convertirse en herramientas extraordinariamente eficaces para:

difundir desinformación;

polarizar sociedades;

manipular emociones;

organizar campañas de odio;

desacreditar instituciones;

intervenir en procesos electorales.

Lo que originalmente fue concebido como una infraestructura para comunicar personas terminó convirtiéndose en uno de los espacios donde se disputa el poder político mundial.

El verdadero poder ya no consiste únicamente en hablar

Durante mucho tiempo se creyó que la libertad de expresión consistía simplemente en garantizar que cualquier persona pudiera expresar sus ideas sin censura.

Hoy ese concepto resulta insuficiente.

El problema contemporáneo ya no consiste solamente en quién puede hablar.

La verdadera pregunta es mucho más profunda.

¿Quién decide qué escuchamos?

La inmensa mayoría de los usuarios desconoce que prácticamente toda la información que recibe ha sido previamente seleccionada por algoritmos.

Esos sistemas deciden qué publicaciones aparecerán primero, cuáles tendrán mayor difusión y cuáles desaparecerán rápidamente de nuestra atención.

No existe un editor humano.

Existe un algoritmo.

Y ese algoritmo responde a intereses comerciales, modelos matemáticos y patrones de comportamiento que pocas personas comprenden.

La consecuencia es enorme.

La conversación pública dejó de organizarse únicamente por la importancia de las noticias.

Ahora también depende de aquello que genera más interacción, más tiempo de permanencia y mayor rentabilidad para las plataformas.

La economía de la atención ha comenzado a sustituir a la economía de la información.

La democracia frente al poder invisible de los algoritmos

Las democracias modernas fueron diseñadas para controlar el poder político.

Las constituciones establecieron mecanismos para limitar a los gobiernos mediante la división de poderes, los tribunales independientes, los organismos autónomos y la libertad de prensa.

Sin embargo, ninguno de esos diseños constitucionales imaginó que, décadas después, un reducido número de empresas tecnológicas tendría la capacidad de influir diariamente sobre miles de millones de personas.

Hoy los algoritmos pueden amplificar emociones, reforzar prejuicios y favorecer la difusión de contenidos extremos porque éstos generan más interacción.

La polarización deja de ser únicamente un fenómeno político.

Se convierte también en un modelo de negocio.

Freedom House y una nueva forma de medir la democracia

Durante muchos años evaluar la calidad democrática implicaba observar aspectos relativamente tradicionales: elecciones libres, independencia judicial, pluralismo político y libertad de prensa.

Sin embargo, organizaciones como Freedom House han advertido que esos indicadores ya no son suficientes.

Actualmente también resulta indispensable medir la libertad en Internet.

No basta con preguntarse si un país celebra elecciones competitivas.

Es necesario analizar si los ciudadanos pueden informarse libremente, si existen campañas coordinadas de manipulación, si periodistas y activistas sufren ataques digitales o si las plataformas operan con transparencia.

La calidad democrática comienza a medirse también en el espacio digital.

Y México no es ajeno a esta realidad.

La política entra al algoritmo

Gideon Rachman sostiene que uno de los rasgos característicos de los nuevos liderazgos políticos consiste en construir una relación directa entre el gobernante y la ciudadanía, reduciendo progresivamente el papel de las instituciones intermedias. �

2022-Rachman-lideres_autoritarios.pdf

Las redes sociales han facilitado precisamente ese fenómeno.

Hoy un gobernante puede dirigirse diariamente a millones de ciudadanos sin necesidad de pasar por periodistas, congresos o partidos políticos.

La comunicación política se personaliza.

El debate se simplifica.

Los mensajes se reducen a consignas.

La confrontación genera mayor visibilidad que la deliberación.

La política comienza a parecerse más al funcionamiento de una plataforma digital que al debate racional propio de una democracia constitucional.

El gran dilema: regular sin censurar

Frente a este escenario surge una pregunta inevitable.

¿Debe el Estado intervenir para regular las redes sociales?

La respuesta parece sencilla.

Combatir campañas de odio, desinformación o manipulación resulta legítimo.

Sin embargo, el problema aparece inmediatamente.

¿Quién define qué constituye desinformación?

¿Quién determina cuándo una expresión representa odio?

¿Quién decide qué contenidos pueden permanecer en línea?

La historia demuestra que las herramientas creadas para combatir abusos pueden terminar utilizándose para limitar la crítica política.

Por ello, toda regulación debe construirse con enorme prudencia.

México frente al desafío digital

Nuestro país ha comenzado a discutir iniciativas para regular contenidos difundidos en redes sociales, particularmente aquellos relacionados con discursos de odio, discriminación y desinformación.

El objetivo puede parecer incuestionable.

Ninguna democracia debería tolerar campañas sistemáticas de violencia digital.

Sin embargo, el verdadero desafío consiste en evitar que conceptos jurídicos ambiguos permitan restringir opiniones legítimas o inhiban el debate público.

En una democracia constitucional, la libertad de expresión protege especialmente las expresiones críticas hacia quienes ejercen el poder.

No porque los funcionarios tengan menos derechos.

Sino porque la ciudadanía tiene más derecho a cuestionarlos.

Ese principio ha sido desarrollado ampliamente por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y constituye uno de los pilares del constitucionalismo democrático.

Europa ofrece una ruta distinta

Mientras algunos países han privilegiado mecanismos sancionadores, la Unión Europea ha seguido una estrategia diferente mediante el Reglamento de Servicios Digitales (Digital Services Act).

Su objetivo principal no consiste en decidir qué contenidos pueden publicarse.

Busca que las plataformas sean transparentes.

Que expliquen cómo funcionan sus algoritmos.

Que permitan impugnar la eliminación de contenidos.

Que rindan cuentas cuando sus sistemas favorezcan riesgos para la democracia.

El énfasis deja de estar en controlar la opinión.

Se traslada hacia controlar la opacidad tecnológica.

Tal vez ahí exista una de las principales lecciones para México.

La inteligencia artificial cambia nuevamente las reglas

Como si los desafíos anteriores no fueran suficientes, la inteligencia artificial ha comenzado a modificar radicalmente el escenario.

Hoy resulta posible fabricar videos completamente falsos.

Imitar voces.

Crear fotografías inexistentes.

Automatizar campañas políticas.

Simular movimientos ciudadanos.

Generar miles de mensajes en cuestión de segundos.

La pregunta ya no consiste únicamente en si una noticia es verdadera.

La pregunta será si todavía podremos distinguir entre la realidad y una simulación digital.

Ese desafío apenas comienza.

Una responsabilidad compartida

Sería un error pensar que toda la responsabilidad corresponde al Estado o a las plataformas digitales.

La democracia también depende de sus ciudadanos.

Ningún algoritmo puede sustituir el pensamiento crítico.

Ninguna ley puede reemplazar la responsabilidad individual de verificar información antes de compartirla.

La alfabetización digital será tan importante para las democracias del futuro como lo fue la alfabetización tradicional durante los siglos XIX y XX.

Conclusión: proteger la conversación antes que las urnas

Durante el siglo pasado aprendimos que una democracia necesitaba elecciones libres, tribunales independientes y respeto al voto.

Todo ello sigue siendo indispensable.

Pero ya no es suficiente.

Las decisiones que millones de ciudadanos tomarán el día de una elección comienzan a construirse mucho antes, mientras navegan por sus redes sociales, observan un video, leen una publicación o reaccionan a un mensaje cuidadosamente diseñado por un algoritmo.

La democracia ya no puede entenderse únicamente como el acto de depositar una boleta en una urna.

También debe proteger el espacio donde esa decisión comienza a formarse.

Porque una sociedad puede conservar intactas sus instituciones electorales y, al mismo tiempo, perder lentamente la libertad de su conversación pública.

Ese es, quizá, el mayor desafío democrático de nuestro tiempo.

No se trata de elegir entre libertad y regulación.

Se trata de construir reglas que preserven ambas.

Porque las urnas seguirán contando los votos.

Pero serán los ciudadanos —informados, libres y críticos— quienes decidirán el destino de la democracia.

miércoles, 8 de julio de 2026

La erosión silenciosa de la democracia mexicana: libertad digital, liderazgo personalista y debilitamiento institucional a la luz de Freedom House y Gideon Rachman

Resumen

Durante la última década el estudio de la democracia ha dejado de centrarse exclusivamente en los golpes de Estado o en las rupturas constitucionales para concentrarse en un fenómeno más complejo: la erosión gradual de las instituciones democráticas desde el propio ejercicio del poder. El presente trabajo analiza el caso mexicano a partir del informe Freedom on the Net 2025 de Freedom House y del marco teórico desarrollado por Gideon Rachman en La era de los líderes autoritarios. Se sostiene que México no enfrenta una sustitución abrupta del régimen democrático, sino un proceso de debilitamiento progresivo de los contrapesos constitucionales, acompañado por una creciente concentración del poder político y la personalización del liderazgo. La investigación concluye que la libertad digital constituye actualmente uno de los principales indicadores para medir la calidad democrática en el siglo XXI. �

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I. Introducción

Las democracias contemporáneas ya no suelen desaparecer mediante golpes militares ni por la suspensión abierta de las constituciones. La experiencia comparada demuestra que el deterioro democrático suele desarrollarse mediante reformas legales, concentración gradual del poder y debilitamiento de los organismos independientes.

México constituye uno de los casos más interesantes para analizar este fenómeno debido a que mantiene elecciones competitivas mientras experimenta importantes transformaciones institucionales.

II. La nueva teoría sobre la erosión democrática

Rachman sostiene que el siglo XXI ha inaugurado una nueva etapa política caracterizada por el ascenso de liderazgos personalistas que comparten cuatro rasgos fundamentales:

culto a la personalidad;

debilitamiento del Estado de Derecho;

confrontación permanente entre "el pueblo" y las élites;

utilización del nacionalismo y la polarización como instrumentos de legitimación política. �

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La importancia de esta propuesta radica en que dichos fenómenos pueden desarrollarse incluso dentro de sistemas formalmente democráticos.

III. Freedom House y la libertad digital como indicador democrático

Freedom House incorpora una dimensión relativamente reciente en la medición democrática: la libertad en Internet.

El informe correspondiente a México identifica tendencias preocupantes relacionadas con:

presión política sobre periodistas;

campañas coordinadas de desinformación;

acoso digital;

utilización creciente del espacio digital como mecanismo de confrontación política.

Estas variables representan hoy una dimensión tan importante como la independencia judicial o la celebración periódica de elecciones.

IV. El caso mexicano

El proceso mexicano presenta diversos elementos susceptibles de análisis:

desaparición o debilitamiento de órganos constitucionales autónomos;

reforma judicial;

cuestionamientos recurrentes hacia el Poder Judicial;

reformas electorales;

concentración de funciones administrativas;

utilización permanente de mecanismos de comunicación política directa.

No se trata de afirmar la existencia de un régimen autoritario consolidado, sino de estudiar cómo estos fenómenos modifican gradualmente el equilibrio constitucional.

V. Democracia electoral versus democracia constitucional

Uno de los mayores aportes de la literatura contemporánea consiste en distinguir entre:

democracia electoral;

democracia liberal o constitucional.

La primera requiere elecciones.

La segunda exige además:

independencia judicial;

libertad de expresión;

pluralismo;

organismos autónomos;

límites efectivos al poder.

En este contexto, la calidad democrática depende tanto de la competencia electoral como de la fortaleza institucional.

VI. La libertad digital como nuevo espacio constitucional

Internet dejó de ser únicamente una herramienta tecnológica.

Actualmente constituye:

espacio deliberativo;

medio de fiscalización ciudadana;

mecanismo de organización política;

ámbito de protección de derechos fundamentales.

Por ello, cualquier reducción de la libertad digital repercute directamente en la calidad democrática.

VII. Conclusiones

La evidencia comparada permite sostener que la principal amenaza para las democracias contemporáneas no reside necesariamente en la cancelación de elecciones, sino en la erosión progresiva de los mecanismos de control constitucional.

México ofrece un ejemplo paradigmático de esta transformación.

El desafío consiste en preservar la legitimidad democrática fortaleciendo simultáneamente las instituciones, los organismos autónomos, la libertad digital y el Estado constitucional de derecho.

Bibliografía sugerida

Freedom House. Freedom on the Net 2025.

Gideon Rachman. La era de los líderes autoritarios. �

2022-Rachman-lideres_autoritarios.pdf

Levitsky, Steven y Ziblatt, Daniel. Cómo mueren las democracias.

Bermeo, Nancy. On Democratic Backsliding.

Zakaria, Fareed. The Rise of Illiberal Democracy.

V-Dem Institute. Democracy Reports.

Dahl, Robert. Polyarchy.

La democracia puede perderse sin que un solo soldado salga a las calles."

 Durante décadas imaginamos que el final de una democracia comenzaba con tanques frente al Congreso, censura absoluta y suspensión de la Constitución. La historia del siglo XXI demuestra algo distinto.

Hoy las democracias pueden deteriorarse lentamente.

Continúan celebrándose elecciones.

Los congresos siguen sesionando.

Los tribunales permanecen abiertos.

Los periódicos continúan circulando.

Pero, poco a poco, las instituciones dejan de cumplir la función para la que fueron creadas.

Freedom House lleva varios años documentando un fenómeno preocupante: la libertad en Internet disminuye en numerosos países considerados democráticos.

La discusión ya no gira únicamente sobre quién gana las elecciones.

Ahora importa cómo se gobierna después de ganarlas.

Gideon Rachman denomina a este fenómeno "la era de los líderes autoritarios". No habla únicamente de dictadores tradicionales. Analiza un nuevo tipo de liderazgo que concentra poder, desacredita instituciones, divide a la sociedad entre "el pueblo" y "los enemigos", y convierte la política en una relación directa entre el gobernante y la ciudadanía. �

2022-Rachman-lideres_autoritarios.pdf

México no puede analizarse al margen de esa discusión mundial.

Nuestro país continúa celebrando elecciones competitivas.

Sin embargo, durante los últimos años hemos observado un debilitamiento progresivo de organismos autónomos, reformas profundas al Poder Judicial, una confrontación constante con medios de comunicación y organizaciones civiles, así como un debate cada vez más intenso sobre la regulación de las redes sociales.

Cada una de esas decisiones puede discutirse de manera aislada.

Lo verdaderamente relevante aparece cuando todas se observan en conjunto.

La pregunta deja de ser si una reforma es constitucional.

La pregunta correcta consiste en saber si el conjunto de reformas fortalece o debilita la arquitectura democrática.

Las democracias no se sostienen únicamente mediante votos.

También sobreviven gracias a jueces independientes, organismos autónomos, prensa libre, ciudadanía crítica y libertad para disentir.

Cuando alguno de esos pilares comienza a erosionarse, la democracia continúa existiendo... pero deja de parecerse a sí misma.

Quizá esa sea la mayor enseñanza de nuestro tiempo.

El peligro ya no consiste en perder la democracia de un día para otro.

El verdadero riesgo es acostumbrarnos a verla deteriorarse lentamente hasta considerar normal aquello que hace apenas unos años habría resultado inadmisible.

Porque las libertades rara vez desaparecen de golpe.

Generalmente se extinguen por pequeñas renuncias sucesivas.

Y cuando la sociedad finalmente advierte su ausencia, suele descubrir que recuperarlas resulta mucho más difícil que defenderlas a tiempo.

martes, 7 de julio de 2026

Mientras México veía el Mundial, el Congreso miraba las redes sociales

 Por Manuel Alberto Cruz

Hay momentos en los que una nación parece hablar un mismo idioma. Durante el Mundial de Futbol, millones de mexicanos compartimos la misma emoción, discutimos las alineaciones, celebramos los triunfos y lamentamos las derrotas. Por unos días, la conversación nacional dejó de ser política para convertirse en deportiva.

Sin embargo, mientras la atención pública permanecía concentrada en las canchas, en el ámbito legislativo resurgía una discusión que probablemente tendrá consecuencias mucho más profundas que cualquier resultado futbolístico: la regulación del contenido que los ciudadanos publican en las redes sociales bajo el argumento de combatir el denominado "discurso de odio".

No se trata de un debate menor.

La forma en que una democracia decide regular la expresión de sus ciudadanos constituye uno de los mejores indicadores para medir la calidad de sus instituciones. La historia demuestra que las libertades rara vez desaparecen de manera abrupta; normalmente se erosionan poco a poco, mediante normas que nacen con objetivos aparentemente incuestionables.

¿Quién podría oponerse a combatir la discriminación?

¿Quién defendería la violencia o el racismo?

Prácticamente nadie.

Precisamente por ello, las iniciativas que buscan limitar determinadas expresiones suelen construirse alrededor de causas socialmente legítimas. El problema aparece cuando los conceptos jurídicos dejan de ser objetivos y comienzan a depender de la interpretación de quien ejerce el poder.

¿Qué es exactamente un discurso de odio?

¿Una amenaza?

¿Una injuria?

¿Una opinión ofensiva?

¿Una crítica severa contra un servidor público?

¿Una investigación periodística?

¿Una sátira política?

Las respuestas parecen sencillas hasta que se intenta convertirlas en normas jurídicas.

En una democracia constitucional no basta con afirmar que una expresión resulta ofensiva para restringirla. La Constitución mexicana, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la propia jurisprudencia de la Suprema Corte establecen que la libertad de expresión goza de una protección especialmente amplia cuando se refiere a asuntos de interés público o a la actuación de quienes ejercen funciones gubernamentales.

Y ello tiene una razón profundamente democrática: el poder debe soportar un mayor nivel de escrutinio que los ciudadanos.

Por ello preocupa que, periódicamente, resurjan propuestas para regular el contenido de las redes sociales mediante conceptos abiertos como "odio", "desinformación" o "violencia digital", sin definir con precisión sus elementos objetivos.

No se trata de negar la existencia de campañas de odio ni de minimizar la violencia que diariamente enfrentan mujeres, periodistas, grupos indígenas, personas con discapacidad o integrantes de la comunidad LGBTQ+. Esa violencia existe y debe combatirse con toda la fuerza del Estado.

Lo verdaderamente delicado consiste en impedir que el remedio termine siendo más peligroso que la enfermedad.

La experiencia internacional ofrece lecciones importantes.

En la Unión Europea, Alemania o Brasil existen modelos regulatorios cada vez más estrictos para las plataformas digitales, pero también se han abierto intensos debates sobre el riesgo de que empresas privadas o autoridades administrativas determinen qué contenidos permanecen visibles y cuáles desaparecen.

Estados Unidos, por el contrario, mantiene una protección extraordinariamente amplia de la libertad de expresión precisamente porque parte del principio de que corresponde a la sociedad —y no al gobierno— confrontar las ideas mediante más debate, no mediante censura.

México deberá encontrar su propio equilibrio.

Pero ese equilibrio exige reglas claras, controles judiciales efectivos y definiciones jurídicas precisas. De lo contrario, una norma diseñada para combatir el odio podría terminar utilizándose para desalentar la crítica política, limitar el periodismo de investigación, inhibir la sátira o desincentivar la participación ciudadana en los asuntos públicos.

La discusión adquiere una relevancia todavía mayor si se observa el contexto político que vive nuestro país.

En los próximos años México enfrentará procesos electorales de enorme trascendencia. Las campañas se desarrollarán, en buena medida, dentro de las redes sociales. Será ahí donde circularán denuncias, investigaciones, críticas, propaganda, información falsa y, lamentablemente, también expresiones discriminatorias.

Precisamente por ello, cualquier regulación deberá construirse con una extraordinaria responsabilidad democrática.

No basta con combatir el odio.

Hay que evitar que, bajo ese noble propósito, terminemos normalizando mecanismos capaces de restringir el libre intercambio de ideas.

Porque cuando una sociedad entrega al poder la facultad de decidir qué opiniones pueden expresarse, la discusión deja de centrarse en los derechos de las personas y comienza a girar alrededor de los límites que el propio poder impone a la libertad.

Quizá esa sea la verdadera reflexión que nos deja este debate.

Mientras México observaba un Mundial de futbol, el país volvió a enfrentarse a un partido mucho más importante: el que definirá, en los próximos años, hasta dónde puede llegar la libertad de expresión en la era digital.

Y ese resultado, a diferencia de cualquier campeonato, nos acompañará durante generaciones.

miércoles, 1 de julio de 2026

Análisis crítico de la sentencia SUP-REP-7/2026 y SUP-REP-8/2026 acumulados

Ricardo Benjamín Salinas Pliego vs. Morena

I. El precedente

La Sala Superior resolvió los expedientes SUP-REP-7/2026 y SUP-REP-8/2026, derivados de la queja presentada por Ricardo Benjamín Salinas Pliego contra Morena por el uso de su imagen en el promocional denominado "Por el Bien". El Tribunal confirmó el desechamiento parcial realizado por la UTCE respecto del uso de la imagen y dejó subsistente únicamente el análisis de la posible calumnia. �

Tribunal Electoral +1

Hasta aquí la resolución parecería procesal.

Sin embargo, sus efectos materiales son mucho más amplios.

II. La primera inconsistencia: la libertad de expresión dejó de ser excepcional

Durante años la Sala Superior sostuvo que:

los promocionales partidistas deben servir para difundir propuestas;

el contraste político tiene límites constitucionales;

el derecho a la imagen constituye un derecho fundamental.

En asuntos como:

SUP-REP-35/2015;

SUP-REP-89/2016;

SUP-REP-91/2017;

diversos precedentes sobre propaganda calumniosa;

la Sala había reiterado que el derecho al honor y la imagen únicamente puede restringirse cuando exista un interés público claramente superior.

En esta sentencia ocurre exactamente lo contrario.

Ahora basta con que una persona tenga presencia pública para justificar el uso de su imagen por un partido político.

Ese razonamiento representa una ampliación considerable de la libertad de propaganda electoral. �

Tribunal Electoral

III. La segunda inconsistencia: el nuevo concepto de "personaje público"

La sentencia introduce, en los hechos, una categoría nueva.

No exige que el ciudadano sea:

candidato;

servidor público;

dirigente partidista;

funcionario electoral.

Basta con que participe activamente en debates políticos.

Aquí aparece una pregunta constitucional importante.

¿Quién decide cuándo un empresario deja de ser un particular y pasa a convertirse en personaje político?

La Constitución no contiene esa categoría.

Tampoco la LGIPE.

Mucho menos la Ley General del Sistema de Medios.

En consecuencia, la Sala construye un criterio jurisprudencial novedoso sin apoyo expreso en la legislación.

IV. La tercera inconsistencia: el análisis fragmentado

Paradójicamente, la propia Sala Superior ha sostenido durante años que:

La propaganda electoral debe analizarse de manera integral.

No frase por frase.

No imagen por imagen.

No palabra por palabra.

Sin embargo, en este asunto la Sala analiza separadamente:

el uso de la imagen;

la posible calumnia;

la participación de Morena.

Ese método fragmenta el mensaje.

Pero el ciudadano recibe el promocional como una unidad comunicativa.

Es precisamente la combinación de imagen, voz, música y narrativa la que genera el efecto político.

Aquí la sentencia parece apartarse de su propia metodología interpretativa. �

Tribunal Electoral +1

V. La cuarta inconsistencia: el estándar sobre la calumnia

La jurisprudencia electoral mexicana sostiene que para actualizar la calumnia deben concurrir:

imputación de hechos;

falsedad;

referencia identificable;

afectación al honor.

La Sala concluye que no existe imputación directa de un delito.

Eso jurídicamente es correcto.

Pero omite analizar otro aspecto.

No toda afectación constitucional deriva exclusivamente de la calumnia.

Existen también:

derecho a la imagen;

honor;

reputación;

dignidad;

identidad personal.

La resolución prácticamente reduce toda la controversia al concepto de calumnia.

VI. La quinta inconsistencia: posible trato diferenciado

Aquí aparece quizá el aspecto más delicado.

En numerosos asuntos relacionados con:

propaganda personalizada;

violencia política;

discursos de funcionarios públicos;

utilización de símbolos;

propaganda gubernamental,

la propia Sala Superior ha utilizado criterios mucho más estrictos.

Sin embargo, cuando el sujeto involucrado es un empresario crítico del gobierno, el estándar cambia hacia una protección reforzada de la libertad de expresión partidista.

Ello abre inevitablemente la discusión sobre la consistencia del Tribunal.

La seguridad jurídica exige que casos semejantes reciban soluciones semejantes.

VII. El problema para futuros procesos electorales

El precedente puede tener efectos muy relevantes.

Ahora un partido político podría incorporar en su propaganda la imagen de:

empresarios;

periodistas;

académicos;

líderes sociales;

activistas;

comunicadores,

argumentando que participan regularmente en el debate público.

La frontera entre propaganda electoral y campañas de confrontación personal se vuelve mucho más difusa.

VIII. Posible contradicción con la Corte Interamericana

La Corte Interamericana distingue claramente entre:

libertad de expresión;

protección del honor;

protección de la imagen;

proporcionalidad.

Si bien acepta un mayor escrutinio respecto de figuras públicas, también exige que cualquier restricción a sus derechos sea necesaria y proporcional.

La sentencia de la Sala Superior no desarrolla un test de proporcionalidad suficientemente robusto para justificar por qué el derecho a la imagen debe ceder frente al interés propagandístico de un partido político.

Ese déficit argumentativo puede ser objeto de crítica desde el derecho convencional.

IX. Valoración institucional

Más allá del caso concreto, la resolución parece reflejar una evolución del Tribunal hacia una concepción más amplia de la libertad de expresión política.

Esa evolución puede fortalecer el debate democrático, pero también entraña riesgos si no se establecen límites claros para evitar que la propaganda electoral derive en campañas de estigmatización de particulares.

La legitimidad de este nuevo estándar dependerá de que sea aplicado de manera uniforme, con independencia de la identidad del afectado o del partido involucrado. De lo contrario, podría percibirse como un tratamiento diferenciado contrario al principio de igualdad y a la exigencia de consistencia jurisprudencial.

Conclusión

Desde un punto de vista académico, la sentencia SUP-REP-7/2026 y SUP-REP-8/2026 constituye uno de los precedentes más relevantes de 2026 en materia de propaganda electoral. Aunque formalmente confirma un acuerdo de desechamiento parcial, en los hechos redefine el alcance de la libertad de expresión de los partidos políticos y modifica el equilibrio entre ésta y los derechos de la personalidad.

Para la elección federal y los procesos locales de 2027 y 2028, este criterio probablemente será invocado por los partidos para justificar el uso de imágenes de actores privados con presencia pública, por lo que será fundamental observar si la Sala Superior mantiene el mismo estándar en casos futuros o si introduce límites adicionales para preservar la igualdad, la seguridad jurídica y la protección de los derechos fundamentales.