miércoles, 5 de agosto de 2026

DEMOCRACIA EN TRANSFORMACIÓN Instituciones, precedentes y poder en el México del siglo XXI Una serie de ensayos de Manuel Alberto Cruz Martínez ¿QUIÉN PROTEGE LOS PRECEDENTES? Décima Tercera Entrega La constitucionalización del estándar Cómo la Suprema Corte transformó la libertad de expresión en un principio estructural de la democracia mexicana

 "Las constituciones cambian cuando cambia su texto; pero las democracias cambian cuando evoluciona la manera de interpretar ese texto."

La Constitución nunca volvió a ser la misma

Existen momentos en la historia jurídica de un país que modifican silenciosamente la manera en que se entiende el Estado de Derecho.

No siempre son reformas espectaculares.

No siempre producen titulares.

Con frecuencia, sus efectos comienzan a percibirse años después.

Eso ocurrió en México con la reforma constitucional de 2011 en materia de derechos humanos.

Desde entonces, la Constitución dejó de ser interpretada como un texto aislado.

Comenzó a dialogar con los tratados internacionales y con la jurisprudencia de los tribunales encargados de protegerlos.

Aquella reforma no amplió únicamente el catálogo de derechos.

Transformó la manera de comprenderlos.

Y con ello cambió también la responsabilidad de todos los jueces mexicanos.

Del control de legalidad al control de convencionalidad

Hasta hace apenas unas décadas, el análisis constitucional se concentraba principalmente en verificar si una ley era compatible con la Constitución.

La reforma de 2011 añadió una nueva dimensión.

Los jueces ya no debían preguntarse únicamente si una norma respetaba el texto constitucional.

También debían examinar su compatibilidad con los tratados internacionales sobre derechos humanos y, particularmente, con los criterios desarrollados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El denominado control de convencionalidad dejó de ser un concepto reservado para el derecho internacional.

Se convirtió en una herramienta cotidiana para los tribunales mexicanos.

Con ello, la interpretación constitucional adquirió una profundidad inédita.

La Suprema Corte como puente constitucional

Toda transformación jurídica necesita una institución capaz de traducir los grandes principios en reglas aplicables a la realidad nacional.

Ese papel correspondió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

A partir de la reforma de 2011, la Corte comenzó a desarrollar una doctrina constitucional que integró progresivamente los estándares interamericanos al sistema jurídico mexicano.

No se trató de sustituir la Constitución.

Tampoco de desplazar la soberanía jurisdiccional.

La tarea consistió en armonizar ambas fuentes para ofrecer la protección más amplia posible a los derechos fundamentales.

Así nació una nueva forma de interpretar la libertad de expresión.

La Corte dejó de observarla únicamente como un derecho individual.

Comenzó a entenderla como una condición estructural para el funcionamiento del régimen democrático.

La libertad de expresión como garantía de la ciudadanía

Uno de los aportes más relevantes de la Suprema Corte consistió en reconocer que la libertad de expresión protege mucho más que la posibilidad de emitir opiniones.

Protege el derecho de la sociedad a deliberar.

Protege el intercambio de ideas.

Protege el acceso a información plural.

Y protege, sobre todo, la posibilidad de cuestionar al poder.

En una democracia constitucional, la crítica no constituye una amenaza para las instituciones.

Es uno de los mecanismos que permiten su fortalecimiento.

Por ello, la Corte fue consolidando criterios que reconocieron una protección reforzada al discurso relacionado con asuntos de interés público.

No porque ciertas personas merezcan privilegios para expresarse.

Sino porque la ciudadanía necesita escuchar todas las voces para formar libremente su voluntad política.

El principio pro persona y la máxima protección

La reforma constitucional incorporó un criterio interpretativo que marcaría toda la evolución posterior de los derechos fundamentales: el principio pro persona.

Su lógica es sencilla y, al mismo tiempo, profundamente transformadora.

Cuando existan varias interpretaciones posibles de una norma relativa a derechos humanos, deberá preferirse aquella que otorgue la protección más amplia.

Este principio modificó la forma de resolver conflictos constitucionales.

Las restricciones dejaron de ser el punto de partida.

La protección de los derechos pasó a ocupar el centro del razonamiento jurídico.

En materia de libertad de expresión, ello significó que cualquier limitación debía justificarse mediante argumentos particularmente sólidos y superar un examen estricto de necesidad y proporcionalidad.

El impacto sobre la justicia electoral

Aunque la Suprema Corte no es un tribunal especializado en materia electoral, sus criterios terminaron influyendo profundamente en la evolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Los principios construidos por la Corte proporcionaron el marco constitucional dentro del cual la justicia electoral desarrollaría posteriormente sus propios estándares.

La protección reforzada del discurso político.

La mayor tolerancia frente a la crítica dirigida a personajes públicos.

La necesidad de interpretar restrictivamente las limitaciones a la libertad de expresión.

Todos estos elementos comenzaron a integrarse progresivamente en la jurisprudencia electoral.

No fue una recepción mecánica.

Fue una adaptación.

El Tribunal Electoral tomó esos principios generales y los aplicó a un ámbito particularmente complejo: la competencia democrática.

Así comenzó a edificarse el estándar mexicano sobre libertad de expresión electoral.

Una Constitución en movimiento

Quizá la mayor enseñanza de este proceso sea que las constituciones no permanecen inmóviles.

Su texto puede ser el mismo.

Pero su significado evoluciona conforme evolucionan los derechos humanos y la comprensión que la sociedad tiene de ellos.

Esa evolución no representa una amenaza para la seguridad jurídica.

Al contrario.

Cuando se desarrolla con argumentos sólidos y dentro del marco constitucional, constituye una de las mayores fortalezas del Estado de Derecho.

Porque demuestra que la Constitución sigue siendo capaz de responder a los desafíos de cada época sin renunciar a sus principios esenciales.

Reflexión final

La historia de la libertad de expresión en México no comenzó con un litigio electoral.

Comenzó cuando el constitucionalismo mexicano decidió dialogar con el derecho internacional de los derechos humanos y asumir que la protección de las libertades fundamentales constituye una responsabilidad compartida.

La Suprema Corte desempeñó un papel decisivo en ese proceso.

Construyó el puente entre los estándares interamericanos y la realidad constitucional mexicana.

Gracias a esa labor, el Tribunal Electoral encontraría posteriormente un terreno fértil para desarrollar una jurisprudencia especializada capaz de proteger simultáneamente el debate público y la integridad de las elecciones.

Comprender ese recorrido resulta indispensable.

Porque ningún precedente puede entenderse si se ignoran los cimientos sobre los cuales fue construido.

Una idea para recordar

La Suprema Corte no importó un modelo extranjero de libertad de expresión; constitucionalizó un lenguaje común de derechos humanos que permitió fortalecer la democracia mexicana desde la propia Constitución.

En la próxima entrega

Cuando la libertad de expresión llegó a las urnas

Analizaremos cómo el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tomó los principios desarrollados por la Suprema Corte y la Corte Interamericana para construir una jurisprudencia propia sobre campañas electorales, propaganda política, calumnia, crítica a personajes públicos y equidad en la contienda. Veremos cómo nació el estándar específicamente electoral que, años después, sería puesto a prueba por los casos más recientes.

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