El costo democrático de reducir regidurías y desaparecer la primera minoría en Hidalgo
La austeridad suele presentarse como una idea difícil de cuestionar. Si una institución puede funcionar con menos cargos y gastar menos dinero, reducir su tamaño parece una decisión responsable.
El problema comienza cuando se aplica esa lógica a un órgano de representación política. Un cabildo no es solamente una oficina administrativa: es el espacio donde deben convivir el gobierno municipal, la oposición y las distintas expresiones ciudadanas.
La reforma electoral aprobada en Hidalgo modifica esa integración. Los municipios con menos de 20 mil habitantes tendrán cuatro regidurías de mayoría relativa y tres de representación proporcional; los que tengan entre 20 mil y 50 mil contarán con cinco y cuatro, respectivamente; y aquellos con más de 50 mil habitantes tendrán ocho de mayoría y siete de representación proporcional. Todos tendrán una sola sindicatura.
La medida deriva parcialmente de la reforma al artículo 115 constitucional, publicada el 23 de abril de 2026, que establece una presidencia municipal, una sindicatura y hasta quince regidurías. Hidalgo estaba obligado a armonizar su legislación, especialmente en cuanto a la existencia de una sola sindicatura.
Sin embargo, no todo puede explicarse como una simple obediencia al mandato federal. El Congreso local conservaba la responsabilidad de justificar los rangos poblacionales, el número de regidurías de cada grupo y la fórmula mediante la cual se distribuirá la representación proporcional.
La reducción produce, además, un efecto acumulado que no debe pasarse por alto.
En el modelo anterior, quien encabezaba una planilla perdedora podía ingresar al ayuntamiento mediante una regiduría de representación proporcional cuando su opción política alcanzaba el umbral y obtenía una asignación. La candidatura a la presidencia encabezaba la lista y, por ello, ocupaba una posición preferente.
La reforma impide que quienes compitieron por la presidencia municipal o la sindicatura se integren simultáneamente a la lista de regidurías. La persona que encabezó la oposición y recibió directamente una cantidad importante de votos ya no podrá representar esa fuerza política dentro del cabildo por esa vía.
Alguien podría responder que cada persona debe ocupar únicamente el cargo para el cual fue postulada. El argumento es razonable. Pero también es cierto que se rompe la relación entre el liderazgo político votado por la ciudadanía y la representación que finalmente llegará al ayuntamiento.
La segunda modificación es todavía más profunda: desaparece la sindicatura de primera minoría.
En los municipios de mayor población, esa sindicatura correspondía a la fuerza colocada en segundo lugar y atendía principalmente los asuntos jurídicos. No era una regiduría más. Representaba un contrapeso con capacidad para revisar actuaciones municipales desde una posición institucional relevante.
Su eliminación obedece al nuevo artículo 115 constitucional, que ordena una sola sindicatura. Por tanto, no puede atribuirse exclusivamente al Congreso de Hidalgo. Sin embargo, sí corresponde al legislador local explicar cómo se compensará la pérdida de ese mecanismo de vigilancia.
Con la reforma concurren cuatro decisiones: se reduce el número de regidurías; desaparece la sindicatura de primera minoría; se impide que las candidaturas presidenciales perdedoras accedan directamente al cabildo; y se conserva una sola sindicatura perteneciente a la planilla ganadora.
Cada cambio puede encontrar una explicación individual. El problema surge al observar su resultado conjunto: la oposición municipal pierde espacios, liderazgo y capacidad institucional de control.
La incorporación expresa de las candidaturas independientes a la asignación de regidurías de representación proporcional es un avance. Reconoce que una planilla ciudadana que obtenga una votación significativa debe tener la posibilidad de transformar esos votos en representación.
Pero aquí aparece una contradicción: se abre jurídicamente la puerta a las candidaturas independientes al mismo tiempo que se estrecha el espacio disponible.
La candidatura independiente que pierda la presidencia no podrá convertirse personalmente en regidora. Su planilla podrá recibir una asignación si alcanza el umbral y satisface la fórmula, pero el cargo corresponderá a quien haya sido registrado en la lista de regidurías.
Por eso no basta con afirmar que la representación proporcional permanece. Habrá que revisar si es efectiva.
Una fórmula con barreras elevadas, aplicada sobre un número reducido de cargos, puede excluir a fuerzas pequeñas aun cuando hayan recibido una votación socialmente significativa. La representación proporcional existe precisamente para evitar que el ganador concentre todo el poder municipal.
La discusión tampoco puede reducirse al costo de las dietas. Si los ahorros serán destinados a infraestructura, como se ha informado, deberá precisarse cuánto se ahorrará realmente, qué porcentaje representa en el presupuesto municipal y si esa cantidad justifica disminuir espacios de deliberación democrática.
La eficiencia administrativa y la pluralidad política no son objetivos incompatibles. Es posible reducir estructuras sin desaparecer contrapesos. Para lograrlo, la fórmula de asignación debe evitar distorsiones, hacer efectivo el voto de las minorías y garantizar la paridad en la integración final.
La reforma no es necesariamente inconstitucional por reducir cargos. Las legislaturas cuentan con libertad para configurar los ayuntamientos dentro de los límites del artículo 115. Pero esa libertad no significa ausencia de justificación.
Cuando se eliminan simultáneamente distintas vías de representación opositora, la carga argumentativa del legislador debe ser mayor.
Un cabildo más pequeño puede resultar menos costoso. Eso no significa que sea automáticamente más democrático, eficiente o representativo. A veces ahorrar un cargo público también significa silenciar una voz ciudadana.
La verdadera evaluación deberá responder una pregunta sencilla: ¿los municipios de Hidalgo tendrán gobiernos más funcionales o solamente tendrán gobiernos con menos contrapesos?
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