martes, 11 de noviembre de 2025

La involución del derecho electoral en México: una revisión crítica de la LOPPE, el COFIPE y la LEGIPE a la luz del derecho internacional de los derechos humanos

 

Mtro. Manuel Alberto Cruz Martínez




Noviembre de 2025


 

Resumen

El presente ensayo examina la evolución y posterior involución del derecho electoral en México a partir de tres momentos normativos: la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales (LOPPE) de 1977, el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE) de 1990 y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) de 2014. A través de un análisis teórico y comparativo, se identifica cómo la progresiva institucionalización del sistema electoral mexicano ha sido amenazada por reformas recientes que vulneran principios de autonomía e independencia. Además, se contrastan los avances y retrocesos con los estándares internacionales establecidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

1. Introducción

El derecho electoral constituye la base jurídica sobre la cual se articula la democracia representativa. En México, este campo ha experimentado profundas transformaciones desde la segunda mitad del siglo XX, orientadas inicialmente a garantizar la pluralidad y la equidad en la contienda política. Sin embargo, los avances logrados mediante un largo proceso de institucionalización parecen amenazados por un fenómeno de involución, entendido como el retroceso en las garantías conquistadas. Este ensayo analiza comparativamente las tres principales normas que han estructurado el sistema electoral mexicano: la LOPPE, el COFIPE y la LEGIPE, con el propósito de evaluar su coherencia con los estándares del derecho internacional público en materia de derechos políticos.

2. Marco teórico: evolución e involución del derecho electoral

Desde la teoría del Estado democrático, el derecho electoral es una rama del derecho público que garantiza la soberanía popular mediante procedimientos transparentes, equitativos y verificables (Carpizo, 2012). Su evolución implica la construcción de instituciones independientes del poder político, la ampliación del sufragio y el fortalecimiento de la competencia partidista (Nohlen, 2018). Por el contrario, la involución ocurre cuando se restringen las libertades políticas, se debilitan los organismos autónomos o se reducen los mecanismos de control ciudadano (Woldenberg, 2015).

En el contexto internacional, el artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ONU, 1966) y el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (OEA, 1969) establecen que toda persona tiene derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos, votar y ser elegida en condiciones de igualdad. Estos instrumentos constituyen un límite a la regresión normativa, al imponer la obligación de no retroceder en la protección de los derechos políticos.

3. La LOPPE de 1977: apertura controlada y pluralismo incipiente

La LOPPE surge en un contexto de crisis política y legitimidad del régimen de partido hegemónico. Fue promovida por el entonces secretario de Gobernación, Jesús Reyes Heroles, quien concibió la reforma como una apertura controlada hacia la pluralidad (Reyes Heroles, 1978). Esta ley permitió el registro de nuevos partidos políticos y la representación proporcional, integrando a la oposición al sistema institucional. Sin embargo, la organización de los comicios permaneció bajo el control del Ejecutivo a través de la Comisión Federal Electoral, presidida por el Secretario de Gobernación, lo que limitó su independencia.

Aunque la LOPPE significó un avance en la inclusión política, no alcanzó los estándares de imparcialidad requeridos por el derecho internacional. La falta de autonomía del árbitro electoral contravenía los principios de independencia y transparencia que posteriormente serían reconocidos por la doctrina democrática contemporánea (Fix-Fierro, 2016).

4. El COFIPE de 1990: la institucionalización de la competencia electoral

La creación del COFIPE marcó un parteaguas en la historia electoral mexicana. Su aprobación coincidió con un contexto de presión social y observación internacional derivada de los cuestionamientos a la elección presidencial de 1988. Este código dio origen al Instituto Federal Electoral (IFE), con una estructura ciudadanizada y atribuciones técnicas para organizar los comicios. Posteriormente, las reformas de 1993 y 1996 consolidaron la autonomía del IFE y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

De acuerdo con Woldenberg (2012), el COFIPE representó 'el tránsito de la política a la institucionalidad' (p. 58). En este periodo, México se alineó con la Declaración de Principios sobre Elecciones Libres y Justas de la ONU (1994), que exige órganos electorales imparciales y mecanismos de control judicial efectivos. Sin embargo, pese a su consolidación técnica, el COFIPE mantuvo una centralización excesiva que limitó la flexibilidad de los organismos locales.

5. La LEGIPE de 2014: consolidación técnica y riesgos de recentralización

La promulgación de la LEGIPE en 2014 significó la integración de las normas electorales federales y locales en un solo cuerpo jurídico, creando el Instituto Nacional Electoral (INE) como sucesor del IFE. Esta reforma fortaleció la fiscalización, la paridad de género y la homologación de procedimientos. No obstante, también implicó una recentralización de competencias al concentrar en el INE funciones antes reservadas a los organismos locales.

Las reformas propuestas entre 2023 y 2024, conocidas como 'Plan B', impulsaron cambios estructurales que podrían debilitar la autonomía institucional, como la reducción del personal técnico y la elección popular de consejeros. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2023) advirtió que tales medidas 'podrían comprometer la independencia del árbitro electoral', constituyendo una involución respecto a los avances logrados desde 1990.

6. Comparación crítica entre LOPPE, COFIPE y LEGIPE

Comparar estos tres ordenamientos permite observar una curva de evolución seguida de una tendencia regresiva. La LOPPE abrió el sistema político, el COFIPE lo institucionalizó y la LEGIPE lo profesionalizó, pero también lo recentralizó. Si bien la unificación normativa aportó coherencia, la concentración de facultades en el INE y las propuestas de reforma que subordinan su autonomía al poder político constituyen señales de involución. Desde la perspectiva del derecho internacional, cualquier retroceso en la independencia electoral vulnera el principio de no regresividad reconocido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (2008).

7. Conclusiones

La evolución del derecho electoral mexicano ha sido un proceso arduo de institucionalización democrática. No obstante, las reformas recientes muestran una tendencia a la concentración política que amenaza los logros alcanzados. La involución no implica la desaparición de la democracia, sino su debilitamiento progresivo. Preservar la independencia y autonomía de los órganos electorales es una condición indispensable para mantener elecciones auténticas y competitivas, conforme lo exige el derecho internacional. En este sentido, México debe reafirmar su compromiso con los principios democráticos y los tratados internacionales que garantizan la protección de los derechos políticos.

Línea del tiempo del derecho electoral en México (1977–2025)

Año

Norma / Reforma

Evento o avance principal

Valoración

1977

LOPPE

Apertura a nuevos partidos políticos; representación proporcional.

Evolución

1986

Reforma electoral

Introducción de representación mixta.

Evolución moderada

1990

COFIPE y creación del IFE

Autonomía técnica del árbitro electoral.

Evolución significativa

1996

Reformas al COFIPE

Ciudadanización del IFE; creación del TEPJF.

Evolución institucional

2007–2008

Reforma constitucional

Restricciones a propaganda política; mayor fiscalización.

Ambigua

2014

LEGIPE y creación del INE

Centralización nacional de procesos electorales.

Riesgo de recentralización

2018

Reforma de paridad y reelección

Fortalecimiento de la representación de género.

Evolución

2023

Proyecto de reforma ('Plan B')

Reducción del INE y TEPJF; designaciones políticas.

Involución

2025

Propuestas de reforma constitucional

Discusión sobre elección popular de consejeros.

Riesgo de involución

Referencias

Carpizo, J. (2012). Estudios constitucionales. México: UNAM.

CIDH. (2023). Comunicado sobre la reforma electoral mexicana. Washington D.C.: OEA.

Fix-Fierro, H. (2016). La reforma electoral mexicana de 2014: balance preliminar. Revista Mexicana de Derecho Electoral, 5(2), 33–55.

Nohlen, D. (2018). Sistemas electorales y democracia en América Latina. México: FCE.

ONU. (1966). Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Nueva York: Naciones Unidas.

OEA. (1969). Convención Americana sobre Derechos Humanos. San José de Costa Rica.

Reyes Heroles, J. (1978). Reforma política y transición democrática. México: Siglo XXI.

Woldenberg, J. (2012). Historia mínima de la transición democrática en México. México: El Colegio de México.

Woldenberg, J. (2015). Después de la transición: la democracia mexicana. México: Cal y Arena.

Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2008). Caso Castañeda Gutman vs. México. Serie C No. 184.

 

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